Invalidez parcial y jubilación

Quisiera saber que jubilación le queda a una persana que la base de cotización, antes de invalidez parcial del 45%, era de 1.800 €.

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Para calcular la cuantía de la pensión, hay que computar las bases de cotización de los últimos 15 años, las bases de cotización de los dos últimos dos años se dejan como están y las bases de cotización de los trece años restantes se actualizan según el IPC, una vez actualizadas se suman las cantidades de todas las bases de cotización, y se dividen por 210,180 que corresponden las bases de cotización de 15 años del periodo de calculo y los 30 meses restantes corresponden a los dos mese por año que corresponden a las dos pagas extraordinarias que la seguridad social paga a los pasionistas, anualmente, una vez obtenido la base reguladora se la aplican los porcentajes correspondientes, es decir que si tienes 15 años cotizados te corresponde el 50%de la base reguladora de la pensión, si se han cotizado 16años se le añade un tres %más hasta los 25 años cotizados y a partir de los 26 años cotizados en vez de un 3%, se le añade un 2% asta completar el 100%100%que corresponde a los 35 años de cotización que se piden para cobrar la pensión completa, pero si te jubilas antes de los 65 años que es la edad ordinaria para percibir la pensión completa te deducen otro porcentaje de la cuantía de la pensión por anticipar la jubilación antes de los 65 años, porcentaje que oscila entre el 8% y el 6%dependiendo de los años que tengas cotizados.. pero todo esto se va a ir modificando paulatinamente con la entrada en vigor de la reforma del sistema de pensiones que entra en vigor en el 2013 y finaliza en el 2027,..
Hola
No era esa mi pregunta, aunque me viene muy bien porque está muy ligada al tema.
La pregunta es que jubilación queda cuando tienes una invalidez del 45%. ¿Cómo si estuvieras trabajando?, ¿La base es la de la invalidez? ¿Se computan los años de invalidez con los de "NORMAL"?.
Todo ello teniendo en cuenta que llevo 32 años cotizados, tengo 55 años y estoy pensando solicitar la invalidez porque estoy cascadito, pero tengo que tener en cuenta que, si ahora tengo una base de 1800 €, cuanto me repercute si me conceden la invalidez.
Gracias y disculpa por no haberme explicado bien.
En primer lugar antes tienes que solicitar la incapacidad permanente, después que te la acepten, y que el EVI (equipo de valoración de incapacidad ) te mande pasar la revisión correspondiente para calificar el grado de incapacidad, y luego esperar a la resolución del EVI porque no te pienses que el EVI resuelve a favor de las propuestas de calificación del grado de incapacidad, la primera vez que se presenta la solicitud de la propuesta de incapacidad, si no que más bien el la mayoría de los casos sucede todo lo contrario y terminan en los tribunales de lo social, porque son muchos los casos en los que los afectados se ven obligados a recurrir ante la justicia, las resoluciones en contra de las propuestas de incapacidad permanente, del EVI, y aun suponiendo que resuelvan favorablemente la propuesta de incapacidad permanente hay que conocer el grado de de incapacidad incapacidad, que puede ir desde la incapacidad parcial a partir del 33% de limitación de movimientos pasando por la incapacidad tota, la absoluta y la gran invalidez, y a cada uno de de esos grados de incapacidad le corresponde una cuantía de la pensión diferente y para que saques tus propias conclusiones, aquí te dejo un enlace en de una página web donde puedes ver las cuantías de las pensiones según los grados de incapacitación.. un saludo muy cordial.. y no se te olvide finalizar la pregunta muchas gracias..
http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/PensiondeIncapacida45982/index.htm

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