Trabajo temporal baja maternidad

Tengo una gran duda sobre como debo actuar ante mi baja por maternidad en una empresa de trabajo temporal. Mi caso es el siguiente: me he quede embarazada y a la empresa para la que trabajo me cambio de puesto en el cual no cojo peso, hasta ahora bien, ¿mi duda llega a que semana podrían darme la baja por riesgo laboral mi medico de cabecera? ¿Por ley?. Y a quien debería entregarle la baja a la empresa de trabajo temporal, a la seguridad social... ¿Otra de mis dudas es como seria mi salario a partir de coger la baja. Me gustaría saber que pasos debo seguir ahora me encuentro en la semana 14 es posible coger la baja en la semana18?

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Si la baja médica te la da tu médico de cabecera será por IT y no por riesgo durante el embarazo, ya que la baja por riesgo durante el embarazo debe reconocértela la mutua.
En cualquiera de los dos casos el parte de baja médica debes entregárselo a la ETT para la que trabajas.
Si la baja médica fuera por IT la prestación de la pagará la ETT en pago delegado, y será del 60% de tu base reguladora desde el día 4 de la baja y del 75% desde el día 21. Estando obligada la ETT a mejorar la prestación en la medida que establezca el convenio colectivo de la empresa usuaria en la cual prestas servicios.
Si la baja fuera por riesgo durante el embarazo la prestación te la pagaría la mutua en pago directo y sería del 100% de tu base reguladora desde el primer día de la baja.
Respecto a qué semana coger la baja dependerá de como te encuentres y de la decisión que tome tu médico de cabecera o la mutua si solicitas el riesgo durante el embarazo, ya que depende de ellos y no de ti para que tengas derecho a la baja médica.

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