Preaviso contrato temporal

Mi duda es la siguiente: Un trabajador con un contrato eventual por circunstancias de la producción, de hostelería de Madrid, de tres meses de duración. Al mes decide que se va, comunicándoselo al empresario de un día para otro ¿tiene el trabajador obligación de preavisar al empresario o al ser inferior al año, no hay obligación? En el convenio no dice nada al respecto.
Muchas gracias

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Si en el convenio no dice nada al respecto, tendremos que estar a lo que establezca el Estatuto de los Trabajadores que en su art. 49.1.c) dice:
... Si el contrato de trabajo de duración determinada es superior a un año, la parte del contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del mismo con una antelación mínima de quince días.
Es decir sólo existe obligación de preavisar si el contrato es de una duración superior a un año y por tanto en el caso que me comentas no estaría obligado a preavisar.
Te envío la dirección de mi blog donde podrás encontrar más información relacionada con el derecho laboral y la prevención de riesgos laborales.

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