Pago por horas en ett

He trabajado durante estas Navidades para una ETT, me hicieron un contrato de 40 h/semanales con remuneración de 7,01 ?/h en la que se incluye la parte proporcional de las vacaciones y de la extra, y regido por el convenio de las ETT, mi trabajo se ha desarrollado en un Centro comercial durante toda la semana, menos el día de descanso siempre en día de diario, y me pagan arreglo a las horas que aparecen en los partes de trabajo, los cuales me indicaron que cumplimentara sin contemplar los días de descanso o de cierre del Centro Comercial.
Mi pregunta es:
¿Es legal que no me paguen los días de descanso generados por mi trabajo y que me pertenecen por Ley?
¿Deberían pagarme más por trabajar en festivos?

2 respuestas

Respuesta
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En cuanto a la primera pregunta crisjubi dichos días se te paga pero si tu Convenio de Aplicación es el estatal de Empresas de Trabajo Temporal, este establece en su art. 32.1:
Los trabajadores contratados para ser cedidos a empresas usuarias tendrán derecho durante los períodos de prestación de servicios en las mismas a percibir, como mínimo, la retribución total establecida para el puesto de trabajo a desarrollar en la empresa usuaria, según el Convenio Colectivo aplicable a la misma, calculada por unidad de tiempo. Dicha remuneración comprenderá todas las retribuciones económicas, fijas o variables, de la empresa usuaria vinculadas al puesto de trabajo. Deberá incluir, en su caso, la parte proporcional correspondiente al descanso semana, las pagas extraordinarias, los festivos y las vacaciones.
Así pues cuando te pagan las horas trabajadas ya te están incrementando en la misma lo correspondiente al descanso semanal.
En cuanto a lo de trabajar en festivos habría que estar a lo que establezca el Convenio de Aplicación de la empresa usuaria y tu trato debería ser exactamente el mismo que se prevée para los trabajadores propios de la misma.
Espero haber resuelto tus dudas. Te envío la dirección de mi blog donde podrás encontrar información de utilidad relacionada con temas de derecho laboral:
Respuesta
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Es legal lo que te han dicho. El día de descanso no se paga. Las ETT solo pagan según las horas trabajadas.
Pide el convenio colectivo que te corresponda, si en este se refleja que los días festivos se paga más te lo tendrían que abonar.

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