Comunicación del despido al trabajador

Buenos días,
Podrías decirme si la ley exige un número mínimo de días para comunicar el despido al trabajador. Es decir, te puede llegar una carta hoy diciendo que mañana estas despedido o una vez se te notifica el despido han de transcurrir un número mínimo de días que estipule la ley para que se haga efectivo.
Gracias,

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En el caso de que se trate de un despido disciplinario motivado por un incumplimiento contractual no existe un periodo de preaviso obligatorio. Distinta situación se da cuando el despido es por las causas objetivas (económicas, ineptitud sobrevenida, absentismo, etc.) del art. 52 del Estatuto de los Trabajadores. En dicho caso el preaviso legal es de 30 días, si bien las empresas suelen evitarlo pagando los 30 días en la liquidación.
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