Dudas desempleo autónomo ¿He perdido el desempleo?

Estimado Experto:
Te expongo mi caso; estuve dos años aproximadamente como autónomo ( en realidad trabajaba para una empresa como trabajador normal pero a ellos le venia mejor que fuera autónomo para ahorrarse la seguridad social ), luego deje lo de autónomo y estuve unos 4 ó 5 años cotizando en régimen general contratado por una empresa, esa empresa se dedicaba a la construcción y cerró quedándome en la calle con el contrato finalizado ( coincidió con que se acababa mi contrato por obras y servicios y aprovechó para no renovarme y cerrar la empresa, es decir finalización de contrato no despido) y me apunté al paro y cobre dos meses; Luego volví a hacerme autónomo y así llevo tres años... La pregunta es la siguiente ¿si quisiera reanudar ese paro podría hacerlo o lo he perdido?

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En cualquier momento puedes cobrar el paro generado en los últimos 6 años. A partir de los 6 años se pierde, pero para iniciar el cobro tiene que ser finalizando por causas ajenas a tu voluntad una relación laboral por cuenta ajena, que te dure al menos 3 meses.
La solución a tu problema no está en el paro, sino en que la empresa tenga que reconocer, por demanda judicial que puedes poner después de que te echen, que realmente eras un empleado, no un atónomo, el típico falso autónomo. Hay que analizar cuál es la naturaleza de tu actividad y de tus relaciones con ellos. La relación laboral tiene estas características: voluntariedad, a cambio de pago en metálico (sea fijo, por unidad de tiempo o como sea), dependencia y ajenidad. La voluntariedad está clara. El pago lo puedes probar con lo que tengas de lo siguiente: contrato mercantil, facturas que les emites, pagos que te hacen por banco. La dependencia la prueba el sometimiento a un horario (aunque no es necesario), trabajar con los medios y material de la empresa, órdenes o mensajes que tengas de la empresa. La ajenidad quiere decir que tu seas ajeno a la buena o mala marcha de la empresa. Es decir, que tu cobrarías igual tus facturas independientemente de si las ventas de lo que hacías iban bien o mal. Es decir, que tienes una cierta parte de dinero en "fijo", aunque puedes tener otra en variable. También es muy importante que sólo le emitas facturas a tu empresa, aunque si también les estás emitiendo a otros no es impedimento total.
Como "autónomo" no tienes derecho a nada. Ni vacaciones, ni bajas, ni permisos. Como autónomo dependiente tienes unos pequeños derechos. Pero como empleado por cuenta ajena tienes todos los derechos. No merece la pena demandar para que te reconozcan el autónomo dependiente. Puestos a demandar hazlo para que te reconozcan la relación laboral por cuenta ajena, porque si lo ganas conseguirás que te devuelvan tus cuotas de autónomo, que paguen tu afiliación a la SS de los últimos 4 años y que se te hagan un contrato laboral con antigüedad desde que empezaste. Por supuesto si quieren podrán despedirte luego, pero podrías conseguir despido nulo al producirse después de una demanda. En el peor de los casos sería un despido improcedente a pagar con indemnización de 45 días por año de antigüedad. En la misma demanda puedes meterle que te paguen en relación al convenio aplicable y las vacaciones y pagas extras que te deban de los últimos 12 meses. El proceso es demandarlo judicialmente y te aconsejo que te lo lleve el servicio jurídico de un sindicato.
Si ganas una demanda de este tipo, en la cual debes pedir también que te devuelvan tus cuotas, en tu vida laboral se transformará el tiempo de autónomo en tiempo por cuenta ajena, con lo cual generarás el derecho al cobro del paro sobre todo ese tiempo más el que tuvieras guardado de los 6 años anteriores.
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