Días por hospitalización + Días por defunción...

Supuesto real.
Un trabajador del convenio colectivo de Comercio de Lérida acompaña a su hermano a un hospital de Barcelona para que el segundo se someta a una pruebas.
Dicho acompañamiento por supuesto, conlleva la solicitud del permiso correspondiente de 2 días por acompañar a un familiar a un hospital, más 2 días extras por existir desplazamiento. En total pues, el trabajador solicita ausentarse de la empresa 4 días, trato al que la empresa accede.
La fecha de inicio del permiso es el 31 de Agosto, por tanto, la fecha de reincorporación deberá ser el 4 de Septiembre.
Desgraciadamente, el hermano del trabajador fallece en el mismo hospital al día siguiente.
El trabajador solicita entonces la acumulación de días que correspondían por traslado de un familiar enfermo (los 4 días iniciales) más los días que corresponden por defunción de un familiar (con desplazamiento incluido) (4 días más).
La empresa, (sin manifestarse aún, puesto que la situación es delicada) desea conocer exactamente a que está obligada a atenerse, y si realmente es cierto que debe conceder dicha acumulación de días al trabajador, o por el contrario, el permiso tan solo sera por los 4 días que correspondan por defunción con desplazamiento.
Si dicha acumulación tuviere que ser efectiva, estaríamos hablando pues de una nueva incorporación, pero no para el día 4 de Septiembre, ¿sino para el día 8 del mismo?
O por el contrario, si esta acumulación no tuviere que ser obligatoriamente efectiva, y teniendo en cuenta que el hermano falleció el día 1 de Septiembre, ¿estaríamos hablando de una nueva incorporación para el día 5 de Septiembre?

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En permisos retribuidos no existe acumulación. Es decir, cada permiso se da por una causa, y si la primera finaliza antes de los días de permiso, esta finaliza, y da paso al siguiente permiso, que es en tu caso, el de defunción.
Por tanto, tu mismo puedes hacer los cálculos. Y ten cuidado, porque la empresa puede sancionarte por ello, si lo haces más.
Resumiendo, por hospitalización el permiso ha finalizado el día 31 ya que el 1 ha fallecido y se contabiliza a partir de ahí, eso sin contabilizar lo que marca tu convenio o el estatuto de los trabajadores, en cuanto a ampliación por desplazamiento.
Siento no haberte contestado antes, pero la página tenia errores.
Finaliza y puntúa, a no ser que quieras hacerme otra pregunta o consultarme.

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