Preaviso

Tengo una amiga que trabaja con el convenio colectivo de Comercio Metal en Madrid, quiere dejar la empresa y le han dicho que si no avisa con 15 días le descuentan la parte proporcional. Ella lleva trabajando para esa empresa 4 meses y ha visto en el Estatuto de los Trabajadores que:
"Si el contrato de trabajo de duración determinada es superior a un año, la parte del contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del mismo con una antelación mínima de quince días."
Pero no dice nada de los contratos inferiores al año. ¿Le podrían descontar los días que le falten hasta cumplir los 15?

1 respuesta

Respuesta
1
Convenio Colectivo del Sector del Comercio del Metal de Madrid (2005-2009)
Art. 20. Cesación voluntaria en la empresa.-El personal que se proponga cesar voluntariamente en el servicio de la empresa habrá de comunicarlo a la dirección de la misma al menos con una antelación de quince días a la fecha en que haya de dejar de prestar sus servicios.
El incumplimiento por parte del trabajador o trabajadora de preavisar con la indicada antelación dará derecho a la empresa a descontar de la liquidación del mismo el importe del salario de una jornada por cada día de retraso del preaviso.
Los trabajadores y trabajadoras que se propongan cesar al servicio de la empresa lo comunicarán por escrito duplicado, que les será devuelto con el "enterado".
Parece claro entonces visto el literal de la norma que la empresa esta en dispodicion de proceder al descuento.
Entonces no entiendo muy bien a que se refiere el Estatuto de los Trabajadores, ¿me lo podrías explicar?
Gracias
Son cosas distintas.
El articulo al que haces referencia habla de plazo de preaviso ante una posible renovación.
Si es el empresario el que no quiere renovar y el contrato es superior al año debe previsar con 15 días.
Si el empleado no quiere renovar ese contrato superior al año deberá previsar con 15 días. Si el contrato es inferior al año no debran preavisar ninguno de los dos.
En el caso de tu amiga se trata de una baja voluntaria y es indiferente que el contrato sea superior o inferior al año. Debe preavisar como indica el convenio y sino lo hace la empresa le podrá descontar tantos días de salario como días de falta de preaviso.
Finalice sino tiene más dudas.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas