Embarazada de ato riesgo con baja medica urgente

Os explico mi situación, trabajo desde hace 9 meses en una empresa de limpieza co un contrato de obra y servicio me explicaron que sustituía una baja aunque eso no lo expecificaba en el contrato, la cuestión es que me quitaron un tumor maligno en un ovario hace un año y me dejaron solo un ovario me explicaron que tenia que buscar un hijo pronto ya que podría reproducirse, al comenzar en la empresa me quede embarazada pero sufrí un aborto, 8 meses después me he vuelto a quedar embarazada de gemelos pero tengo perdidas de sangre y con mi historial me han dado la baja laboral por alto riesgo, la cuestión es que en la empresa me han dicho que me van a despedir porque le supondría mucho gasto a la empresa ya que dice que la totalidad del sueldo lo pagan entre la mutua y la empresa. ¿Yo tenia entendido que pagaba parte la seguridad social y la otra la empresa no es así? ¿Y si me despiden seguiría cobrando por la seguridad social hasta que me den el alta que supongo que sera una vez que dar a luz y bueno es legal que me despidan? Ruego que alguien me explique algo
Respuesta
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Al ser baja por alto riesgo se trata como una enfermedad común.
Como norma general los 3 primeros días no se cobran, a partir del 4º día se cobra el 60% de
la base reguladora y a partir el día 21 el 75% de dicha base.
Aunque puede que el convenio de aplicación mejore estos mínimos y obligue a la empresa a
cumplimentar hasta el 100% del salario(para esto tendrás que revisar tu convenio, hablo de
memoria pero creo que el convenio de limpieza si prevé alguna mejora).
Sobre quien paga la baja. Hasta el día 15 la empresa, a partir de ahí sigue pagando la empresa
pero en pago delegado y luego se lo descuenta la seguridad social de los seguros sociales.
Pero a ti eso no te tiene que preocupar ya que tu no tienes culpa de nada. Y si a tu jefe no
le gusta la legislación española que se lleve su empresa al Polo Norte.
Por otra parte puede que tu contrato este en fraude de ley por que no estés trabajando
en un obra en concreto y estés realizando la actividad normal de la empresa.
Eso significa que tu contrato es indefinido por contratación en fraude de ley y lo que tu jefe
llama finalizar el contrato se llama DESPIDO.
Y un despido a una mujer embarazada salvo que sea procedente es NULO por definición.
Por lo tanto una vez despedida tienes 20 días para demandar por despido.
Yo te aconsejaría que te pusieras en manos de algún sindicato o abogado laboralista por que
lo que pretende tu jefe no tiene muy buena pinta.
En la empresa ahora me han comentado que hay una prestación por embarazo de alto riesgo en la seguridad social que la mutua se encargaría de solucionármelo mediante un parte del medico en el que especifica el trabaja que pondría en riesgo la salud de mis bebes por el cual no podría realizar y la empresa entregaría un informe especificando que no tienen ningún puesto en el que no corra peligro. Voy a ir ha informarme a la seguridad social y a un sindicato muchas gracias por tu ayuda te seguiré informando.

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