¿Es despido improcedente?

Buena Noches, me gustaría hacerte una consulta. Trabajaba en una caja de ahorros con un contrato de interinidad sustituyendo a una persona que se ha cogido una excedecia para el cuidado de hijo. Esta persona todavía no se ha incorporado (plazo hasta septiembre 2009). A finales de febrero extingueron (por sorpresa) mi contrato, por decisión de empresario. Me comentaron que no tenía derecho a indemnización ni a 15 días de preaviso (me comunicaron la decisión de extinguir mi contrato con un margen de 4 días. ¿Es esto legal? ¿Tengo derecho a reclamar? Ahora este puesto lo ocupa otra persona con menos antigüedad que yo en la empresa.
Muchas gracias de antemano.

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El contrato de interinidad dura hasta que el trabajador con derecho de reserva de puesto de trabajo, al que sustituías, se reincorpore (en este caso en concreto), por lo tanto si la empresa extingue la relación laboral se tratará de un despido.
Tienes derecho a reclamar la readmisión o una indemnización de 45 días por año trabajado, además de salarios de tramitación. No debes dejar pasar el plazo de reclamación, es de 20 días desde el momento del despido.
Muchísimas gracias por tu respuesta, ya que ha sido muy rápida y confirma lo que yo intuía, además me has comentado lo del salario de tramitación que lo desconocía. Asique por todo, muchas gracias.

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