Finiquito

Hola de nuevo Bergenz, quisiera hacerte otra pregunta:
Muchas gracias.
Si decido marcharme de la empresa, ¿tendría derecho a cobrar el finiquito (tengo contrato de duración determinada) por 8 días de salario por año trabajado + la parte de vacaciones?

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Si das tu baja voluntaria si tienes derecho a cobrar finiquito, al finiquito siempre tienes derecho, este comprenderá: salarios del último mes, más parte proporcional de pagas extraordinarias y vacaciones devengadas y no disfrutadas.
A lo que no tendrás derecho es a la indemnización de 8 días por año establecida para algunos contratos temporales.
Debes tener en cuenta el preaviso establecido en el convenio colectivo para que no te lo descuenten del finiquito.

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