Horas extras

Me van a contratar en una empresa en la que ya estuve. Dejé de trabajar en ella porque me hacían echar horas extras de forma innegociable. He llegado a estar tres días trabajando sin descansar, y cuando digo sin descansar es sin descansar, encerrada en la empresa y durmiendo a ratos (media orilla encima de dos sillas).
Mi pregunta es la siguiente. ¿Estoy obligada a hacer horas extras y todas las que se me exijan?
Gracias.
{"lat":38.272688535981,"lng":-5.625}

1 respuesta

Respuesta
1
Las horas extra solo son obligatorias por causa de fuerza mayor, y se han de justificar en la autoridad competente.
Tu caso está claro que no es por ese motivo, así que no pueden obligarte a hacerlas, y además siempre, aunque fuesen por fuerza mayor, se ha de respetar el descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
Lo que te aconsejo es que denuncies tu situación a inspección de trabajo inmediatamente.
Si me niego... voy a la calle, me despiden ¿pueden legalmente hacerlo?
Muchas gracias por la respuesta me da fuerza saber que laesclavitud aún no está regularizada (aquí al menos).
Lo de la causa de fuerza mayor es algo muy subjetivo, ¿no?. Porque si el dueño se inventa (como se va a inventar) que un trabajo tiene que estar para YA y para ello hay que hacer jornadas inagotables... (te expongo lo que seguramente voy a encontrarme).
Gracias de nuevo.
Fuerza mayor tiene que ser algo más grace que entregar un pedido o no haber organizado bien el trabajo. Fuerza mayor es por ejemplo cuando ha habido un accidente grave, un incendio, yo que se, algo fuerte que si te vas puedas porner en peligro a los demás, que estés en una máquina peligrosa que no puede detenerse y el relevo no ha llegado, y tengas que quedarte hasta que encuientren a alguien, etc.
Además cuando es fuerza mayor tienen que justificarlo, y deberías exigirle por escrito esa justificación, ya verás como no lo hace, puesto que te facilita la denuncia. La fuerza mayor no es subjetiva, créeme, la FUERZA MAYOR SON CUANDO su realización sea necesaria para prevenir o reparar siniestros, daños extraordinarios o urgentes.
Seguro que tu caso no es ni de lejos fuerza mayor. Y menos si sucede tantas veces.
Lo de despedirte, tristemente se puede hacer en cualquier momento, hagas lo que quiere tu jefe o no lo hagas, pero en ese caso te han de indemnizar con 45 días por año y con derecho a paro.
Ciertamente, no está legalizada la esclavitud aquí, pero hay empresarios que todavía parecen no saberlo.
No me ha dado la solución porque la única que hay me llevaría a la cárcel.. jjjj... pero por lo demás me ha aclarado mis derechos en esta terrible coyuntura. Muchísimas gracias de veras.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas