Negación del disfrute de vacaciones

Me dirijo a usted para exponer el siguiente caso:
Llevo trabajando hace 15 meses en una empresa, de auxiliar administrativo, con un contrato por obra o servicio. Resulta, que según la empresa, la obra tiene que acabar en octubre, aunque luego habrá una prorroga, pero el hecho es que hay mucho trabajo atrasado para cumplir el plazo estipulado debido a bajas de compañeros que ha habido durante el año y ciertas situaciones que nada tiene que ver conmigo ni con los demás.
Por esta razón, no quieren darnos las vacaciones de verano, ni un día, porque la producción no va bien, aunque la empresa no se molesta en sustituir a trabajadores de baja, y pretenden que la producción sea la misma que si trabajáramos todos.
Estoy desesperada y no se que hacer para reclamar mis vacaciones, ya que el coordinador que tenemos tampoco sabe tomar cartas en el asunto y dice que no puede hacer nada. Ademas, los demás compañeros tienen miedo a un posible despido y nadie hace ni dice nada, pero a mi personalmente me parece una situación abusiva e injusta.

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Ante todo felicitarte por esa decisión de no dejarte avasallar, todos los trabajadores deberían hacer lo mismo, mejor nos iría.
Lo primero que me tienes que decir es a que convenio esta acogida tú, debes concretarmelo, te vienes en contrato, te lo pido porque hay convenios donde se ha pactado fechas determinadas en las que se deben coger las vacaciones, otros aunque ponen una fecha determinada, dejan unacoletilla donde dicen que eso puede ser variado dependiendo de la producción, de todas maneras el estatuto de los trabajadores en el art.38 apartado 3, dice claramente que el calendario de vacaciones se fijara al menos con 2 meses de antelación del comienzo de estas, con lo cual a la fecha que estamos, ya deberían haber sido expuestas hace tiempo y respetarlas. En todo caso si el convenio recogiera la modificación o planificación de las vacaciojnes según producción, estas os las deberían dar antes de finalizar el año natural, ya que este mismo art. en su apartado 1. dice que en ningún caso las vacaciones serán subtituibles por compensación económica.
Dos mensaje, el primero para tus compañeros, diles que no se puede despedir a un trabajador con contrato por obra y servicio hasta que dicha obra no halla finalizado, eso seria un despido improcedente, que acarrearía al empresario pagar finiquito+indemnización, el segundo es para tu coordinador departe de un miembro muy activo del comité de empresa con más de 100 trabajadores, le dices que el esta hay para eso, para que os saque las castañas del fuego, que si no se quiere mojar o molestar, que deje su puesto a otro.
Muchas gracias por responderme. Mi convenio es el de empresas consultoras de planificación, organización de empresa y contable, empresas de servicios de informática y de estudios del mercado y de la opinión pública. Código de convenio 9901355.
Espero que esto te sirva y me puedas decir que pasos seguir para solucionar esto.
Gracias.
He leído tu convenio y nada, dice que disfrutáis de 23 días laborables de vacaciones, y que las mismas comenzaran siempre en día laboral, es decir que si pillas agosto y el 1 cae en sábado, como sucede este año, tus vacaciones comenzarían el lunes 3, y no creas que esto es una tontería, ni imaginas los conflictos que hay por que este años cae en sábado, y muchos dicen que el sábado y doningo sn días de descanso de la semana anterior trabajada, por lo que no deberían empezar hasta el lunes, pero como su convvenio no aclara lo que el tuyo,,, pero sobre el periodo de disfrute de las mismas, no dice nada, así que lo único que te queda exigir que te la den antes de finalizar el año como indica la ley, lo siento, estas cosas no sucedería si los representantes de los trabajadores o delegado, hicieran su labor, que para eso está, si en su momento hubiese elaborado el calendario de vacaciones junto con la empresa, ahora tendrían que acogerse a él, ya que tampoco dice en vuestro convenio que pudiese ser cambiada la fecha por motivos de producción.
En todo caso te quedaría aún una oportunidad para disfrutarlas en verano, intenta enterarte si hay alguna normativa interna de la empresa en la que recoja un periodo fijo anual para el disfrute de las vacaciones para la totaliad de las vacaciones, pero eso es algo interno de la empresa, que debes enterarte si vienen haciéndolo años tras años, eso no se encuentra en ningún convenio ni nada por el estilo.

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