Dudas sobre el cobro de la baja por accidente laboral por parte de la mutua o la empresa
Tengo unas dudas aver si me puedes ayudar. Llevo 10 meses de baja por accidente laboral y me han operado dos veces del hombro. ¿Mi pregunta es quien me tiene que pagar? La mutua o la empresa, y si me corresponde el 100x100, es en el sector de
Ha debido de haber un error y se ha dupicado tu pregunta que ya te he contestado con anterioridad
Hola, si ha tenido que ser un error. Pero aprovecho para volver a preguntarte. He hablado con la gerstoria y me dice que no me corresponde el 100x100. Aunque sea accidente de trabajo. Según el articulo 63 del convenio, solo si me hospitalizan y los siguientes 60dias. ¿Es cierto? Lo he visto en el convenio de la construcción, y el articulo 63 dice esto; de hecho me han operado dos veces. Artículo 63.- Complemento en caso de Hospitalización. Con independencia de las prestaciones a cargo de la entidad gestora por incapacidad laboral transitoria derivada de enfermedad común y profesional, accidente laboral o no laboral, y sólo para los 76.- Casos que sea necesaria la hospitalización, las empresas abonarán un complemento que, sumado a las prestaciones reglamentarias, garantice el 100 por cien del salario base y pluses salariales establecidos en el Convenio Provincial respectivo durante la aludida hospitalización y los sesenta días siguientes, siempre que continúe la situación de incapacidad laboral transitoria. ¿Por lo que yo entiendo el articulo 63 se refiere al caso de hopitalizacion.y si no hospitalizan? Gracias y perdón por ser tan pesado.
Por Ley los accidentes laborales se complementan al 100% en la base dee cotización
Ok, gracias, y podrías decirme donde puedo conseguir, algún documento que aclare esto, ¿para mostrárselo a la gestoría? Muchas gracias de antemano
Ley General de la Seguridad SOcial articulo 155.1 y el Estatuto de los trabajadores