Indemnización por despido, papeles para el paro, cobro del fondo de garantía salarial y prestaciones

Hola Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, el viernes pasado cuando fuimos a cobrar (trabajo en la construcción, somos seis empleados) mi jefe nos dijo a mi y tres trabajadores más que no podía pagarnos más, que tuvo hipotecar su casa para pagar el mes de febrero, que el mes de marzo, no sabia si lo terminaríamos, y si seguimos trabajando lo que nos puede pagar son 800 euros (yo gano 1200, en nomina constan solo 1050) que teníamos el fin de semana para contestar si seguíamos o no, y si no lo hacíamos el nos daba los papeles para el paro (¿esto quiere decir que nos da una carta de despido?), y que la indemnización el la quiere pagar pero no tiene dicnero, yo le dije que de alguna forma me la pague, en plazos... Y según el no puede, el lunes le notifico que yo no estoy dispuesto a trabajar por menos de lo que cobraba y que no es legal que el nos baje el sueldo así porque si, y me dice bueno yo a juanito los papeles del paro se los doy la semana que viene y avisame tu cuando quieras te los doy, ayer martes lo llame para decirle si nos podíamos ver para poder recoger los papeles del despido y los del paro y me dice que el no los tiene que se los tienen que preparar que esa misma tarde el habla con su abogado que le tiene que informar sobre la empresa que el va a dar cierre de empresa y así se puede arreglar para que el fondo de garantía salarial nos pague la indemnización por los años trabajados, y que el abogado le dijo que si yo no iba a trabajar hoy yo no podría recibir nada porque me darían como abandono de trabajo, yo no he abandonado el trabajo, he hablado con el y he aceptado lo que el me ha dicho que si no estaba de acuerdo en seguir por menos sueldo me haría los papeles del paro pero ahora me sale con esto así que yo continuo trabajando para que no me de como abandono de trabajo, ¿lo qué yo no tengo claro es si como el dice cuando el cierre la empresa el fondo de garantía salarial me va a pagar a mi la indemnización que el no quiere pagar y si es así me da todo el dinero que me corresponde? Hace tres años que trabajo con este "señor" y tengo un contrato fijo, ¿a fin de este me cuando el de el cierre de la empresa que papeles tengo que firmar? ¿El me tiene que dar la carta de despido por cierre o en este caso no seria un despido? Y como tengo que reclamar yo al fondo el dinero que me correspond (me han dicho que hay que seguir un juicio porque el fondo no actúa de oficio osea que ese dinero yo tengo que reclamarlo, ¿necesito un abogado?) ¿Según mi jefe el momento en que el da cierre automáticamente a nosotros nos paga el ondo (es una mentira de el?) ¿Y para que yo vaya al paro el me tiene que despedir o no? Que es lo que el me tiene que dar a fin de mes para que yo pueda cobrar la indemnización y que pueda ir al paro, ahora mismo estoy trabajando en contra de mi voluntad por que me ha dicho eso que si no iba perdía todo por abandono de trabajo, ¿qué puedo hacer tengo que seguir trabajando por menos dinero dle que consta en mi nomina? Puedo demandarlo de alguna forma, no tengo carta de despido ni testigos de que me haya despedido, el no quiere verme personalmente, solo lo hace por teléfono, ¿yo he grabado las conversaciones mantenidas con el en las que me habla del despido y lo del paro y luego me dice que vaya a trabajar o no tengo nada que cobrar (esto me serviría en una demanda sin carta de despido? ¿O tengo que agachar mi cabeza y seguir trabajando hasta fin de mes y después intentar cobrar por el fondo?
¿Si el cierra la empresa tengo derecho al paro? ¿El fondo me paga el 100% o una cantidad inferior de lo tendría que pagarme el?
Gracias de antemano por responder a mi consulta, he visto que tienes buenos comentarios como profesional y espero puedas ayudarme, ¿no se que hacer? Gracias

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Puedes estar tranquilo, que te va a pagar porque le vas a obligar legalmentey más de lo que cree.
1- Mientras que no te despida por escrito tienes que seguir trabajando.
2- Cuando quieras le pones una reclamación de cantidad en los juzgados de lo social para que te pague lo que te debe. Pagará o lo embargarán. Así de sencillo. Que le explique al juez lo de la hipoteca y lo de su puta madre.
3- Tanto si te despide, como si cierra la empresa como si te comunica una finalización de contrato temporal, le pones una demanda por despido improcedente. Si te da de baja sin avisarte, por supuesto abandono de puesto, la demanda será por despido nulo. Tendrá que readmitirte pagando los salarios perdidos o bien confirmar que te echa pero pagándote 45 días por año más el finiquito. Por supuesto cobras el paro y además lo puedes pedir y empezar a cobrarlo antes de que salga el juicio.
Otro tema es el suplemento en negro que te paga. Procediendo legalmente no podrás cobrarlo, a no ser que fuera tan tonto de pagártelo por banco o tengas al menos dos testigos que lo confirmen.
Todos estos procesos legales son gratuitos y no se necesita abogado, pero si quieres puedes pedir uno de oficio porque la justicia es siempre gratuita en casos de lo social. Pero en tu caso lo mejor es que acudas a un sindicato, donde están especializados en tratar con este tipo de hijos de puta listillos.
Gracia spor la respuesta anterior, hay algo que no me queda claro
¿Cuándo a fin de mes el cierre la empresa que papeles me tiene que dar y que papeles tengo que firmar?
El fondo de garantía salarial, ¿me paga el 100% de lo que me corresponde en años trabajados o que tanto por ciento?
¿Una vez que el de el cierre de la empresa es como si me despidiera?
Gracias otra vez
Si cierra la empresa a ti te la suda, porque es despido improcedente. Cerrar una empresa por la cara sin pagar indemnización no es ni la décima parte de fácil de lo que tu te crees y de lo que él se cree. Simplemente no se puede.
O sea que no tienes que firmar nada. El te comunicará lo que quiera, como que cierra porque se murió Chanquete o que es muy pobre y se va a dormir debajo de un puente. A ti te da lo mismo, pones la demanda por despido improcedente y él tendrá que justiicar en el juzgado cómo ha sido ese cierre, si hizo ERE, si hizo proceso de quiebra, si pacto con el comité de empresa, contabilidad en pérdidas... o sea que no puede y le condenan a pagarte.
El Fogasa no sé que porcentaje paga, ni me importa, pero es mucho menos y acumulando menos antigüedad. Eso si paga, porque si el cierre es injustificado o mal hecho tampoco te pagará el Fogasa. Es lo que él quiere, que te vayas al Fogasa y se te pase el plazo de 20 días de reclamar despido improcedente.
Hazme caso y ve a un sindicato antes de fin de mes.

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