Herencia "legitima"

Lamento molestar pero, me gustaría saber un par de cosas en referencia a cobrar la legitima.
Resulta que murió mi padre en Mayo de este año, dejo el ultimo testament (hizo muchos), en Octubre o Noviembre del año 1998, bien, pero en Octubre o Noviembre no recuerdo bien, mi padre vendió el piso que tenia en Barcelona a mi hermano, más pequeño que yo, no se la cantidad por lo que se lo vendió, ni se siquiera si existe alguna cantidad, me suena a "pucherazo", políticamente hablando, me gustaría tirar para adelante a través de un abogado personal, para averiguar dicho tema, pero la verdad, mis condiciones económicas por ahora no me lo permiten, motivo por el cual me dirijo a ustedes, pero mi pregunta aparte de lo redactado es; si se vendió este piso en el año 1999 y el testamento se redacto en el año 1998 ¿me pertenece algo a mi?, al margen de tener muchos recuerdos personales en ese piso., Bueno, no me extiendo más, no quiero cansarles, espero su respuesta, mientras, reciban un cordial saludo de
Manuel miedes guerra
Soria

1 Respuesta

Respuesta
1
No se preocupe, que para eso estamos por estos "pagos".
No es molestia, al contrario, encantados de resolver dudas.
Pero a veces nuestra labor es algo ingrata, porque en su caso veo pocas esperanzas.
Primero, imaginemos que su padre hace testamento en 1960 y dice que de los 3 millones que tiene en la cuenta de tal banco, que 2 millones quiere que sean para su hijo Pepe.
Pasan los años, y se compra un piso, o se va de crucero... y se gasdta el dinero, y el día que muere solo hay en la cuenta 3.214 pesetas.
¿Qué hacemos?. Pues nada. No hay dos millones de herencia. No existen.
¿Por qué? Pues porque mientras una persona vive es "PROPIETARIO", solo cuando fallece lo que tiene pasa a ser "HERENCIA".
O sea, que las herencias no existen hasta que no muere alguien.
Así que lo que deja en herencia es lo que posea el día de su muerte.
No un día antes ni un día después.
Justo el día de su muerte.
Incluso podríamos decir que justo lo que tenga en el mismo segundo en que muere.
Uno puede tener un piso, venderlo ante notario a las 11,30 horas, salir después de vender y que le atropelle un coche y fallece, cinco minutos después de firmar.
Pues fallece sin ser dueño de ese piso. Porque 5 minutos antes lo había vendido.
Así que da lo mismo cuando se redactara el testamento. Lo importante es lo que haya justo en el momento en el que fallece.
Respecto a lo del "pucherazo", pues muy difícil lo tiene.
Habría de conseguir nota soimple en el registro de la propiedad.
Los registros son públicos, así que se la darán.
Y en la nota vendrá quien es el propietario y si compró... etc.
Pero si compró, no fue una donación.
Si ha sido una donación, usted tiene derecho a la legítima.
Pero si ha sido compra-venta, puede que no haya habido entrega de dinero del uno al otro.
Vaya, que haya sido un regalo reflejado como compra-venta.
Esto es muy normal.
Pero aquí viene el problema.
No puede usted hacer nada.
No puede demostrarlo.
Porque usted habría de demostrar que no hubo entrega de dinero.
Y cuenta usted con un problema añadido.
Que la ley no obliga a guardar documentos y archivos más de 5 años.
Así pues, aunque encontrara un juez que quisiera investigar el tema, (cosa insólita de todo punto), su hermano puede perfectamente decir que pagó, con un cheque y que su padre lo cobró.
Pero han pasado más de 5 años.
Y a no puede ni un juez, ver las cuentas de hace diez, ni ver si existió y se cobró ese cheque.
O sea, que solo tiene usted una posibilidad y es que en lugar de compra-venta haya sido donación, y entonces, ya no hacen falta más pruebas de nada.
Usted puede reclamar su legítima sobre esa donación.
En fin, que todo depende de lo que haya en el registro de la propiedad.
Lamento no haberle podido dart buenas noticias.
Muchísimas gracias, por tomarse la molestia de responderme, ha sido una respuesta, completamente clara, concisa y a mi juicio, completamente legal, de verdad, le felicito por su explicación, lamento desde luego, la respuesta, no es lo que me hubiera gustado, pero usted ha sido completamente explicito y claro en su exposición, y, ante la ley, no hay nada que "rascar", bueno, repito que, muchísimas gracias y reciba un cordial saludo de
manuel miedes guerra
Soria

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas