Reclamar herencia de abuelos con padre fallecido.

Mi padre falleció hacer tres años, somos dos hermanos y mi padre tenía un hermano. Ya sé que legalmente soy el heredero de mi padre y de los bienes que le puedan corresponder de mis abuelos, todavía vivos. Mi pregunta o problema es el siguiente: ¿Pueden mis abuelos cambiar el testamento, en relación a los bienes que le corresponderían a mi padre? Y por otro lado, ¿pueden ir vendiendo sus bienes, que temo que es lo que está pasando, a su otro hijo para hacer desaparecer poco a poco sus bienes y cuando fallezcan encontrarnos mi hermano y yo sin nada que heredar de los bienes que le corresponderían a mi padre?

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Pues como ya sabe, si uno es propietario de algún bien, puede venderlo a quien quiera, cuando quiera y como quiera. Está en su pleno derecho.
Es lo mismo que si usted es propietario de un piso. Usted es el dueño y puede venderlo cuando y a quien quiera. Pues sus abuelos lo mismo.
¿Testamento? Pues cuando una persona fallece hay que pedir el certificado de últimas voluntades. Si una persona ha hecho muchos testamentos en su vida, cada nuevo anula el anterior. Es la Ley. Por tanto, pueden hacer cuantos testamentos quieran. El último será el válido.
Ahora bien, lo que usted dice que están haciendo, es asignar su herencia o cederla como donación o compra-venta a ese hijo. Por supuesto es totalmente legal.
Pero habrá que esperar a que fallezcan los dos, para ver el testamento.
A su padere, mínimo (MÍNIMO), le debe corresponder un 16,66% de la herencia que dejen.
Pero, ustedes odrán solicitar el "traer a colación" esas donaciones. Es algo en lo que no cae las personas que hacen lo que usted supone que hacen sus abuelos. Si no incluyen en el testamento expresamente que no desean que se traigan a colación las donaciones hechas en vida, ustedes tienen derecho a ellas. Al menos, ya digo, a su parte mínima de legítima de su padre, que sería un 16,66%.
Claro que volvemos a lo de antes. Todo dependerá del testamento que dejen, pero mínimo es el 16%.
Ustedes estén pendientes y reúnan datos y anoten cosas que se enteren. Porque mientras vivan, son dueños de hacer lo que quieran, pero podrán ustedes reclamar y conviene que sepan datos.
Espero que sus abuelos y su tío no se enteren de esa "cláusula" de la "colación".
No les queda más remedio que esperar.
Un saludo y si no tienen más que añadir, les ruego finalicen la pregunta para que se me quede libre.

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