Reclamación consumo luz

¿Hoy he recibido una llamada por un gabinete jurídico en la cual me informan que mi padre ya fallecido tiene una deuda pendiente con una compañía de suministro eléctrico correspondiente al pasado año de unos 8 meses por importe de 52?, del contador de la luz de un piso que fue de su propiedad y que se vendió hace 9 años.
Parece ser que en su momento al vender el piso no se dio de baja el contrato y que el comprador del piso no lo cambió a su nombre y fue pagando las facturas de su consumo hasta que dejó de pagarlas, creo que esta deuda recaé sobre los herederos, si es así, ¿me pueden asesorar sobre esta deuda?, ¿Debo pagarla?, ¿Tengo qué darme de baja y que documento se necesita para dar de baja el contrato?

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Si como dices es una deuda de hace nueve años, seguramente ha prescrito, pero decirte que debería hacerse cargo el nuevo comprador.
Hola, aclararte que la deuda con la compañía de la luz es del año pasado, los 9 años es cuando falleció (que no viene al caso), pero parece ser que el actual propietario compró el piso después de la fecha del consumo impagado, o sea, al anterior propietario que dejó de pagar.
Agradecería tu opinión al respecto. Gracias
Me indicaste que el piso lo habíais vendido hace nueve años, pero si ahora me dices que la deuda es del año pasado y el nuevo dueño compro después de la deuda que tienes con la luz, yo te aconsejo que la pagues, tampoco te va a sacar de pobre si solo son 50.-?, más que nada no te vayan a meter en registro de morosos y luego tengas problemas para otros temas.

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