Herencia de mi tioabuelo.

Buenos días, mi consulta es la siguiente. El hermano de mi abuela materna, (todavía en vida) ha dejado en su testamento que todo su patrimonio es para mis dos hermanas, mientras a mi y a mi hermano no nos ha dejado nada. Por ese motivo mi abuela materna ha decidido que todo su patrimonio una vez que ella muera sea para mi y mi hermano sin dejarle nada a mis hermanas. El problema viene ahora, porque una de mis hermanas me ha dicho que nuestra abuela no puede hacer eso ya que todos los hermanos tenemos partes iguales, que nos pertenece por mi madre (única hija y ya fallecida). Entonces mi pregunta es si ese tema es así, y si es así que se puede hacer, porque es una putada que ellas hereden todo lo de mi tioabuelo y la parte de mi abuela y nosotros dos solo la parte de mi abuela.

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Pues el que tu tío abuelo haya dejado todo a tus dos hermanas, es totalmente legal, si es que no tenía herederos forzosos que son: hijos y descendientes, padres y ascendientes y cónyuge.
Respecto a la herencia de tu abuela, es cierto que no puede desheredar a dos de sus nietas, pero también es cierto que la Ley le da posibilidades de dejarles una mínima parte.
Te explico cómo va el tema de los testamentos:
Las herencias son como una tarta.
Imagine que la parte usted en tres partes iguales.
Dos de esas partes son la legítima, que por Ley ya está adjudicada a los llamados "herederos forzosos". (Artículo 806 del C.Civil).
En este caso, los herederos forzosos son los hijos. (Que si han fallecido antes, pasa a sus respectivos hijos. O sea, a ti y tus tres hermanos).
Pero esas dos partes son diferentes entre si.
Un tercio de la tarta, se llama "de legítima estricta". Y es a dividir a partes iguales entre los hijos. (En este caso, entre los nietos).
El segundo trozo de la tarta (también de legítima, o sea, que también para los hijos), se llama "tercio de mejora" y la Ley autoriza al testador que reparta este trozo como guste pero solo entre los hijos (en este caso, los nietos), claro. O sea, que incluso puede dejárselo entero a uno solo y nada a los demás, o dárselo a dos, y los otros nada... Puede repartirlo"mejorando", pero entre los hijos, o nietos y a su gusto.
El último trozo de la tarta se llama "tercio de libre disposición" y como su nombre indica, puede disponer de él a su antojo.
Puede dejárselo a un amigo, a un vecino, al del bar de la esquina, al vendedor de la ONCE, a una ONG... A un hijo... A dos.. a todos.. a un nieto.. un sobrino.. a quien quiera. Es de libre disposición.
Por tanto, tu abuela os puede dejar:
- el tercio de mejora... Un 33,33%.
- - El tercio de libre disposición... Un 33,33%
- La parte de legítima, que será un 33,33% dividido entre 4 nietos.
- Por tanto, entre tu y tu hermano podéis tener un 83,33%
- Y vuestras hermanas, por estricta legítima solamente un 8,33% cada una.
Pero hay algo que ni mencionas y que quiero llamarte la atención sobre ello.
Estamos hablando de la herencia de tu abuela.
Pero ¿Y tu abuelo?.
Imagino que fallecido.
Pues si estaban casados en gananciales (que es lo normal), la mitad de lo que tuvieran es de cada uno.
Imaginemos un piso.
La mitad seria del abuelo y la mitad de la abuela.
Hay que ver el registro de la propiedad. Una nota simple, a ver a nombre de quien está.
Por tanto, os enfrentaríais a dos herencias. Diferentes entre si, distintas y que no se mezclan, aunque se comparta un piso.
El 50% del abuelo, sería según repartiera en su testamento, pero si lo hizo dejando heredera universal a tu madre o si no hubiera hecho testamento, las cosas seguirían igual. Los herederos del 50% del abuelo seríais los 4 nietos a partes iguales.
Tu abuela os puede dejar el 83,33% pero de su 50% del piso.
El otro 50% del piso, el del abuelo, sería a partes iguales entre los cuatro hermanos.
Bueno, espero haber sido claro, pero si te quedan dudas me las consultas ¿vale?
Muchísimas gracias por tu explicación, me ha servio de mucho. El echo de no hablarte de mi abuelo es porque al fallecer he dado por hecho que todo era de mi abuela y ella podía repartir su patrimonio a su antojo. Pero ellos estaban casados y por tanto en bienes gananciales, ya se lo que eso significa ya que me lo has explicado perfectamente. Te agradezco mucho tu interés y tu respuesta, es sencillamente fantástica. Gracias.

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