Como repartir una herencia

Mi madre falleció dejando testamento para tres hijos a partes iguales, la herencia consiste en algo de dinero, (poco), unas fincas en el pueblo y un piso. Uno de los herederos quiere quedarse con el piso, pero no dispone del dinero para compensar a los otros dos, tiene un piso que tiene que vender para poder realizar el pago a los otros herederos. ¿Cómo se puede hacer para que nadie salga perjudicado, se pague lo menos posible? ¿Y qué puede decir hacienda en esta situación?

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Pues su madre ha fallecido, pero ¿y su padre? Porque imagino que estarían casados en gananciales, por lo que el 50% de cada cosa es de cada uno.
Si su padre falleció antes, ya deberían haber aceptado su herencia. Si no la han aceptado, pueden aceptarla al mismo tiempo que la de su madre.
Si su padre sigue vivo, seria dueño del 50% y solo podrían acceder de momento a la herencia de su madre.
Como verá, hay datos que si no se dicen hemos de andar imaginando y las variaciones sun muchas.
Respecto al reparto, pues hace muy bien en preguntar. Se van a ahorrar un montón de gastos.
La Ley dice que los herederos han de firmar el cuaderno particional. Se firma ante notario y en él, como su nombre indica "se pueden hacer partes". Por eso se llama particional.
El caso que plantea es admisible por la Ley.
Código civil: Artículo 1062: "Cuando una cosa sea indivisible, o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno a calidad de abonar a los otros en dinero".
Osea, que lo mejor es juntarse, valorar, llegar a un acuerdo y que ese hermano se quede el piso, firmando los demás como que reciben de él su parte en dinero.
¿Cómo les va a pagar su parte? Pues eso, ya ustedes mismos. En eso no puedo entrar. Son cosas de familia, de confianza, de posibilidades económicas... etc.
Claro que también, él puede quedarse el piso y ustedes las fincas.
Bueno, eso ya es cuestión de que se sienten a hablarlo y lleguen a un acuerdo.
Pero lo importante es que la Ley se lo permite y así han de hacerlo ante notario.
Por cierto, que tras el fallecimiento de una persona, hacienda da seis meses para el pago de los impuestos de sucesiones. Pasado el plazo, ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora. Y cada día la deuda aumenta.
Espero haber resuelto su duda, pero si tiene más, no dude en plantearla.
Si no tiene más que añadir, le ruego finallice la pregunta para que se me quede libre.

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