Tramite de divorcio y acciones

Por degraciame he de separar, bueno, divorciar, que por lo visto no es lo mismo. Ami marido y yo, con dos hijos de 9 y 11 años, nos llevamos bien( aunque yo, bueno rota por dentro). Me ha surgido una duda a través de mi abogado,( pese a mi marido, me aconsejaron que mejor un abogado cada uno).
El caso es que hce ya bastantes años su madre le diocerca de 2000 euros (no recuierdo en pesetas lo que era) para que invirtiera en lo que quisiera( dinero para sus dos hermanos. Algo que sus hermanos no saben, pues su madre se los dio de forma confidencial). El caso es que lo invirtió junto con nuestra parte en las diferentes acciones que tenemos hasta el momento). A la hora de repartirlas, él me dice que hay que dividir entre tres. Mi abogado que no, que se aparte ese dinero inicial de su madre y luego repatir entre dos. Mi marido, dice que, claro, él invirtió, y ha habido ganancias.. Y que entonces se debe repartir proporcionalmenta. Yo por dinero no quiero discutir, porque, bueno, en estos momentos lo que más meimporta son mis hijos, que no saben nada y esto se cuece ya dsede hace un año.
Mi pregunta es qué sería lo correcto, o lo más justo, (por otro lado el prefería quedarse con las acciones y pagarme esa parte proporcional, pero esa compra-venta entre nosotros por lo visto supone que hacienda se lleve más del 20%. Y entonces él claudica y dice de vender las acciones que van bien, y esperar a las que no dan ganancias a que den y e entonces, esas, repartirlas igualmente entre tres. En fin...
No sé si esta pregunta es la más adecuada para hacétela a í. Si me puedes aconsejar u orientar o derivar a otro especialista. ...

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Su situación y la de sus hijos es lo que creo que importa verdaderamente.
La diferencia principal entre la separación y del divorcio, consiste en que la separación no disuelve el vínculo matrimonial, sólo queda suspendido, por lo que no permite volver a contraer matrimonio con una tercera persona.
Aunque la ley posibilita que en los divorcios de mutuo acuerdo intervenga un solo abogado, mi recomendación es que cada uno lleve el suyo que le aconsejara lo mejor para sus intereses.
A la hora de divorciarse o separarse hay que aportar los documentos que acrediten los ingresos de ambos, mediante certificación de los organismos correspondientes así como la titularidad y porcentaje que atribuyan a cada uno. Todo ello para determinar las posibles pensiones alimenticias o compensatorias que se soliciten. A usted le pertenece la mitad de todo como cita el Código Civil:
"Mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para el marido y la mujer las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que le serán atribuidos por mitad al disolverse aquélla."

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