Solicitud de tutela

Mi hermana se casó y al año se separó con una hija recién nacida, con el paso del tiempo se divorció y su ex marido nunca pasó una pensión ni vio a su hija con regularidad. Hace 4 años mi hermana falleció y su ex marido decidió quedarse a la niña. Hace 2 años (la niña tenía diez) se presentó en casa de mi padre diciendo que no podía hacerse cargo de ella y que se iba a vivir a otra comunidad. No hemos vuelto a hablar con él, tenemos un nº de móvil pero no contesta ni responde a los mensajes. De vez en cuando sabemos de él por comentarios de gente y creemos que ha vuelto a la ciudad pero no sabemos donde vive.
Ahora la niña ha recibido una herencia, pero para poder ingresar el dinero necesita la firma del tutor, hemos intentado llegar a un acuerdo con el banco para que lo ingrese en la cuenta que la niña tiene con su madre (fallecida) entendiendo que nadie podrá tocarlo más que ella cuando tenga edad para ello, pero el banco se niega rotundamente.
Entre las cosas que nos han dicho es que podemos reclamar la custodia denunciándolo por abandono puesto que nunca ha pasado pensión ni se ha preocupado por ella pero por una parte no querríamos meternos en un proceso caro, largo y complicado que pudiera perjudicar a la niña y por otro lado, él tiene antecedentes por lo que tampoco querríamos que acabara en la cárcel (por la niña de nuevo, al fin y al cabo es su padre y porque es más fácil no tener relación con él que tenerlo como enemigo)
Me han dicho que solicitar la tutela, no la custodia, debería ser un proceso muy sencillo y rápido pero que dadas estas particulares circunstancias mejor lo debería consultar con un abogado.
De modo que eso es lo qué consulto, dadas estas particulares circunstancias, ¿cómo deberíamos solicitarlo? ¿Para eso hace falta abogado? ¿Sirve con presentarse uno mismo en el juzgado? ¿Cómo deberíamos plantearlo, sólo para la firma de la herencia o con un carácter más permanente? ¿Puede servir para meter al padre en un lío? ¿Cuáles son los pasos a seguir?

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Te han aconsejado bien, la niña al estar desamparada puede ser tutelada por algún familiar próximo dada la inaptitud del padre, pero será necesario que os busquéis un abogado porque sin él no podréis hacer nada.
Da lo mismo una vez tengas la tutela tu eres la responsable porque los padres no están o no quieren hacerse cargo. No se metería al padre en ningún lio pero si que se solicitaría su intervención y "opinión". Porque el primer candidato es el padre, así que tendréis que demostrar su abandono para que no lo nombren a él.
De acuerdo. ¿Te importa que te pida más información?.
No te he dicho porque lo creía sobreentendido (pero por si es importante) que el padre tiene la custodia.
En cuanto a la demostración de abandono... así a bote pronto se me ocurre que mi padre podría presentar los recibos de pago del comedor y pedir al director del colegio que certifique por escrito que es él quien acude a las reuniones, firma las notas etc. pero el resto de ruebas de que la niña vive con él tendrían que ser testimoniales porque como es lógico, no está empadronada con él.
Y en cuanto a la rapidez de los trámites, como intenten localizar al padre nos pueden dar las uvas.
Entonces ¿no conlleva juicio? ¿Hay qué ir con abogado y procurador o sólo con abogado? ¿Es rápido? ¿Es caro?
Es un procedimiento de jurisdicción voluntaria, que necesita abogado y procurador, que intenviene el Fiscal para comprobar que se respeta el interés del menor.
¿Tendría qué ser rápido pero dependerá más del Juzgado y no es demasiado caro sobre unos 500? Si no hay complicaciones.

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