Cobro de seguro

Tengo un seguro de desempleo contratado con la caixa desde que me compre el piso en el 2004, los 2 primeros años pagaban ellos, y desde entonces lo pago yo.
Este seguro cubre 6 meses de hipoteca si se esta cobrando prestación de desempleo después de un despido.
En septiembre de 2006 me quede en paro. Estuve cobrando el seguro durante 6 meses.
Pero ahora me he enterado de que después de los 6 meses que se cobra el seguro, has de esperar 6 meses y luego lo puedes volver a cobrar. Yo en aquel entonces estuve en el paro hasta enero de 2008.
Con lo que debería haber cobrado nuevamente ese seguro desde septiembre de 2007 hasta que empecé a trabajar, ¿no? Tengo derecho a pedir ese dinero ahora, o estas cosas vencen y ya no se puede reclamar.
Voy a llamarlos a ellos para preguntar, pero antes quería asesorarme para saber legalmente a que tengo derecho...
Respuesta

Yo era trabajadora de Adeslas, me despidieron en Enero del 2017, tengo el seguro de protección de pagos, presento toda la documentación del despido para uso del mismo. A día de hoy, sigo sin tener solución para el pago del préstamo, cobrándome de comisiones 120€, porque el paro lo pagan los días 10. Estoy cansada de reclamarlo y no me hacen ni caso.

¿Qué podría hacer?

1 respuesta más de otro experto

Respuesta
1
Cuando dices que te has enterado, imagino que es porque lo has leído en las condiciones. Leelo bien, a ver si dice que después de 6 meses se puede cobrar otra vez, pero siguiendo en la misma situación, es decir, que no haya que volver a trabajar y volver a quedarse en paro.
El tiempo para reclamar también ha de venir en la póliza, pero considero que una vez pasado tanto tiempo no creo que puedas reclamarlo, pero en cualquier caso no dejes de llamar a la compañía diciendo que lo quieres reclamar. Si no lo haces, seguro que no lo cobras, y si lo haces, puede que salte la liebre.
Suerte y saludos
Me entere, porque ahora he tenido que volver a tramitar este seguro, pues estoy nuevamente en el paro, y cuando llame para preguntar cuanto tiempo tenia que volver a pasar para volverlo a cobrar me dijeron 6 meses, y en ese momento no caí pero luego dándole vueltas me vino a la cabeza si no había sido tan tonta de quizá perder unos cuantos meses de seguro!
Las condiciones no me las he leído, porque solo de pensarlo me dan sudores, acabo por no entender nada con tanta palabrería! Pero lo voy a hacer a ver que dice, pues quizá sea como dices, que solo se puede volver a cobrar una vez trabajado de nuevo...
Gracias, ya le contare como ha ido
Vale, espero que me digas algo para que cierres la pregunta después.
Suerte
Hola!
Ahora tengo un problema peor...
Resulta que no me lo quieren pagar, porque dicen que como no tengo documento de finiquito, porque la empresa ni me pago ni me entrego el documento. Solo tengo la carta de despido que me dio la empresa el día que nos despidió.
Dicen que si no les entrego el documento de liquidación y finiquito en el que la empresa me paga los 20 días de indemnización por despido objetivo, no me pagaran hasta que no salga sentencia firme de despido nulo o improcedente... pero claro eso sera por lo mínimo de aquí a un año! Y ni siquiera me saben decir si en el momento que salga la sentencia estoy trabajando, si me pagan el seguro o no...
Como siempre las compañías de seguro, rateando todo lo que pueden...
O sea, que te despidieron pero sin acuerdo ni finiquito ¿no?
Yo que tú dejaría constancia como fuera (burofax preferentemente, aunque te gastes 20 euros) de que comunicas a la compañía tu situación de desempleo, para que en el caso de que te indemnicen en el futuro, cuando haya sentencia, aunque estés trabajando no te pongan pegas, puesto que tú has cumplido los requisitos en el momento de la solicitud. Eso es para mí lo más importante.
Por otra parte, te remito otra vez a leer las condiciones a ver cuándo dicen que te pagan en caso de que no haya sentencia y, sobre todo SI VIENE EN ALGÚN SITIO QUE TE PAGAN AUNQUE VUELVAS A TRABAJAR...
A ver cómo se te da y mne cuentas...
Suerte y saludos
Si, nos despidieron a todos individualmente (sin ERE) el 31 de julio, solo nos dieron la carta de despido y el certificado de empresa.
Ya me he leído toda la documentación que ellos me dieron, y en ningún lado pone lo que me dices...
Solo dice que están cubiertos los despidos por causas objetivas, o despidos nulos o improcedentes por sentencia firme.
Y por teléfono me dicen que para que me paguen, o les aporto el documento de liquidación y finiquito, o la sentencia del juzgado
Pues no queda más remedio que esperar a que sea un despido "en toda regla", bien procedente o improcedente por Juzgado. Pero si puedes yo te aconsejo guardar alguna prueba, aunque sea fecha y hora de llamadas, o algo para tener más adelante, por si tarda la sentencia y estás trabajando para que no puedan alegar que no lo consultaste.
Gracias! Creo que voy a hacer como tu me has recomendado... la documentación se envío en su día por fax, pero de eso no tengo ningún justificante, porque lo hicieron desde mi oficina de la caixa.
Así que lo que voy a hacer es enviarlo todo de nuevo, junto con una copia de la demanda por despido interpuesta contra la empresa, pero esta vez por Burofax!
Gracias!

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas