¿Me pueden contratar de nuevo?

El anterior contrato que tenia era indefinido, me despidieron alegando falta de motivación, ( despido improcedente) en enero de este año. Actualmente estoy cobrando el paro, me han llamado de nuevo para trabajar en la misma empresa, tengo varias dudas al respecto, ¿seria fraude de ley? ¿Cuándo tiempo tendría que pasar para poder volver a mi anterior empleo? ¿El finiquito que cobré tendría que declararlo? ¿A la empresa le repercutiría de alguna forma en la seguridad social o en algún organismo oficial?

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1.- Si se hace correctamente no tiene porque serlo.
2.-Han pasado más de seis meses. Consultalo en oficina INEM
3.- Una cosa es el finiquito o liquidación y otra la indemnización por despido que recibiste, no tendrías porque declararla.
4.-Tu ultima pregunta no la entiendo, se más preciso/a al plantearla.
Pueden verse bonificados por rescatar a alguien del desempleo.
La maniobra aunque respete el formalismo legal suena "extraña" y la empresa podría verse inspeccionada.
No entiendo bien la respuesta de si se hace correctamente no tiene porque serlo,( ¿qué seria lo correcto?) Y también entiendo que si han pasado 6 meses podrían volver a contratarme aunque haya sido un despido improcedente por falta de motivación ( me fui yo por motivos personales y lo hicieron de esa forma para poder cobrar el paro )
La pregunta que te hacia que no entendías muy bien y que fuera más preciso en hacerla, me la respondiste en cierta forma diciéndome que la maniobra aunque respete el formalismo legal suena "extraña" y la empresa podría verse inspeccionada. A eso me refería que podría repercurtirle para mal en la seguridad social.
Si pasaran 12 meses desde mi despido hasta un nuevo contrato ya no seria ni fraude de ley, ¿ni la empresa podría ser inspecionada?
Si transcurren 12 meses desde el despido, te pueden contratar sin problemas, pero la actuación de la inspección es de oficio y pueden acudir cuando estimen oportuno.
Como comprenderás mi interés es informarme del problema que actualmente más me preocupa, y según he oído la inspección de trabajo podría investigar a empresa y trabajador hasta 4 años desde mi despido, si no tendrían que poner la multa sancionadora correspondiente a empresario y trabajador, la cual la mía que es la que más me interesa seria devolver todo el desempleo que he cobrado. ( Todo esto seria si me hacen de plantilla ) pero... si fuera contratada por ETT trabajando para ellos, ¿seria también sancionable? ( La ETT por la cual me contratarían seria una empresa del grupo ) También otra duda que me surge, es si me contrata otra empresa durante un tiempo de 3-6 meses y luego ellos me contrataran de nuevo, ¿seguiría siendo fraude?
1.- Desde luego al ser grupo de empresas se responde solidariamente, otra cosa es que pases inadvertido
2.- El paso intermedio de una empresa que nada tenga que ver con las otras le da mayor veracidad, pero la situación ilegitima sigue estando.
     Si se utiliza los preceptos normativos con fines propios e intenciones fraudulentas hay que arriesgarse a pagar el precio

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