Renuncia a usufructo vitalicio

En 2000, mi esposa y yo compramos en Málaga una vivienda nueva. Su utilidad es como segunda vivienda o de vacaciones. Está totalmente pagada y libre de cualquier carga o gravamen. La escrituramos a nombre de nuestra hija con usufructo vitalicio para nosotros. Ahora, y teniendo en cuenta la situación económica, deseamos ponerla en venta. Nuestra hija está conforme.

La duda es saber qué es preferible, si renunciar al usufructo y ponerla en venta o, teniendo el consentimiento de nuestra hija, ponerla en venta antes de renunciar al usufructo y ahorrarnos el pago de los posibles impuestos por dicha renuncia. Ignoro si esta última opción se puede hacer, o si por el contrario, de todas formas hay que pagar los impuestos por la renuncia.

1 respuesta

Respuesta
1

El usufructo, al igual que la nuda propiedad se pueden transmitir. Pueden venderlo directamente. El tercero consolidará el dominio mediante la adquisición de la nuda propiedad y el usufructo simultáneamente, y se girarán las liquidaciones únicamente de tales adquisiciones.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas