Hacienda, propuesta de liquidación provisional, reclaman un pago sobre la renta del año 2008

Mi consulta viene referente a que hoy día 09 de abril de 2013, a llega una carta de hacienda con una propuesta de liquidación provisional, en ella reclaman a mi madre un pago que asciende a 2.480,40 euros.
En el año 2008 en nuestra familia nos vimos obligados a vender nuestra vivienda habitual (y la única que poseíamos) ya que no podíamos hacer frente a la hipoteca y créditos varios, con el importe de la venta del piso se liquidó la hipoteca y las demás deudas, la sorpresa a sido al llegar esta mañana esta carta reclamando este pago en concepto tributario irpf del año 2008, me gustaría saber si al hacer tanto tiempo de esto estamos obligados a efectuar el pago o si habría prescrito, y que alegaciones podemos hacer frente a ello, ya que en su momento ya se pagó la plusvalía del piso.

En la carta indica que tenemos 10 días hábiles al a recepción del mismo para efectuar dichas alegaciones.

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Me temo que aun no ha prescrito.

Las deudas fiscales prescriben a los cuatro años, pero ten en cuenta que si vendisteis la vivienda en 2008, tendrías que reflejarlo en la renta que se presenta en 2009 (junio). Desgraciadamente aun no han pasado 4 años desde junio de 2009 por lo que no ha prescrito la deuda.

Por otra parte claro que podéis presentar alegaciones, pero necesitaría más información para saber exactamente que es lo que os están reclamando.

Muchas gracias.

Te explico mas profundamente, mi madre es una pensionista, desde hace muchos años, cobra una pensión no contributiva y desde hace unos años la ayuda del a dependencia, esta ultima ayuda no la cobraba en el tiempo que se vendio la vivienda.

Yo hago mi declaración de la renta por mi cuenta y ellos por separado como matrimonio, y si no me equivoco no la hacen ya que están exentos de presentarla por no llegar a los mínimos, la cosa es que al vender la vivienda ya pagamos la plusvalía del piso, lo que reclaman es un beneficio en concepto de transmisión patrimonial ya que adquirió la vivienda en le año 1983 por un valor estimado al cambio de 8946,67 y la vendió por un valor de 184.821,00 por lo que calculan una ganancia patrimonial reducida de 18.694,09, con todo ello en la carta como concepto tributario: impuesto sobre la renta del as personas físicas.

No tengo mucha idea la verdad, peor deduzco que en ese año ella obtuvo un beneficio de la venta del piso, que se lo ponen en un impuesto en la declaración dela renta del año 2008, peor com ya dije antes ella si no me equivoco esta exenta de presentarla, pro lo que entonces salga a apagar o devolver no tendría que pagar nada referente a la declaracion del a renta de ese año no?.

Mmuchas gracias

Ta y como dices si tu madre solo tiene de ingresos una pensión no contributiva y la ayuda a la dependencia no tiene obligación de hacer declaración. Pero en el año 2008 además de eso tuvo como ingresos la venta de la vivienda, y al venderla tiene la obligación de presentar la declaración de la renta. Si tienes ganancias o pérdidas patrimoniales tienes la obligación de hacer la declaración, independientemente de que tengas o no otros ingresos.

Llegado a este punto, yo lo que te recomiendo es que vayas a una gestoría y que te miren si la liquidación que te envía hacienda es correcta. Una gestoría te cobrara 50 o 100 euros por revisar los papeles de hacienda y puedes conseguir pagar mucho menos a hacienda. Hacienda no tiene toda la información y puede que la liquidación que te enviaron no este bien hecha. No se si incluye que tu madre tiene una minusvalía (lo digo por la ayuda a la dependencia) o si tienen en cuenta la edad de tu madre (si tenía más de 65 años en 2008) ya que puede hacer reducciones que le hagan pagar mucho menos.

Puede haber otros datos que hacienda no haya tenido en cuenta, como los gastos de notario registros, impuestos... cuando compro la vivienda o incluso los gastos de cancelación de la hipoteca

Desde mi punto de vista, vale la pena que te pongas en manos de un profesional ya que te puedes ahorrar mucho dinero.

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