Comprar por debajo del precio escriturado

Estoy a punto de comprar una casa por un precio de 246500 y en su día se escrituró a 270000.
Me ha comentado el agente inmobiliario que hacienda va a pedirme una especie de "compensacion" por ese desajuste, ya que lo normal es que suba, pero tampoco sabe decirme la cantidad.
Eso es asi? ¿Es normal? En caso afirmativo... ¿cómo se calcula? A mi mi estrañó mucho cuando me lo dijeron, y no he conseguido encontrar información sobre el tema en ningún lado, entre otras cosas porque no se ni si esto tiene un nombre.

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Si hoy realizas una compra de una casa y el precio de mercado hoy es 246.500 y así se refleja en tu escritura cuando realicéis la operación, Hacienda no debería pedirte a ti ninguna compensación por una operación anterior, en todo caso debería pedir esa comprobación al anterior propietario y no a ti.
Saludos y no olvides puntuar la respuesta! :-)
Buen fin de semana
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En una transmisión de una propiedad inmobiliaria hay principalmente dos impuestos que intervienen:
- El impuesto sobre transmisiones. Es un impuesto que se aplica sobre la compra de una vivienda usada (similar al IVA que se paga en las viviendas nuevas). Este impuesto lo paga el comprador.
- Incremento de patrimonio. Es un impuesto que tiene que pagar el vendedor sobre su ganancia. En este caso no se ha producido ganancia, así que el vendedor no paga impuestos ya que tiene pérdidas.
No veo por donde tenga derecho a cobrarle algo el agente imobiliario. Si la vivienda ha bajado de precio esto no es problema suyo, sino del agente. Si no la quiere vender por este precio pues que ponga uno más caro (a ver si encuentra alguien que se lo compra). Creo que simplemente quiere ganar más dinero.
Lo que le aconsejo es que no pague nada que no le ponga por escrito en el contrato de compra venta y que si quiere cobrarle algo que ponga por escrito a que concepto se refiere. En caso de dudas le aconsejo que contacto con un abogado. Si va a gastarse 246500 en la casa, bien merece la pena pagar los 100 eur que le cobra al abogado por la consulta.
Hola,
muchas gracias por la información, me ha sido de gran ayuda, realmente es lo que yo creía, me parecía muy extraño.
La agencia no me ha dicho que les tengo que pagar a ellos, no. El caso es que me han comentado que al comprar por debajo de precio de escrituras actuales hacienda me pediría un ajuste, o compensación, o se llame como se llame.
En ningún caso les tengo que pagar a ellos, sino que hacienda me preguntará sobre el tema. De todas formas, lo veo muy extraño y creo que esta persona no se entera de mucho.
Efectivamente. Hacienda podría pedirle explicaciones si consideran que el valor es muy bajo comparado con el precio del mercado (pero no con el que había cuando se escrituró la casa) y pueden revisar el valor si creen que es engañoso. Pero no tiene nada que ver con la agencia que le vende la casa.
Lo que sí ocurría muchas veces, al menos antes, que el vendedor pretendía obligar al cliente a que escriturara por valor menor para él tener que declarar menos ganancia y cobrarse algún dinero en negro. Obviamente nadie puede obligar al cliente a hacer esto.
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Hacienda liquida el Impuesto sobre Transmisiones patrimoniales no en base a lo escriturado, sino en base a sus propios cálculos (algo que en mi opinión, es totalmente injusto).
De este modo, no va a tener en cuenta el bajón inmobiliario y es posible que el iluminado tasador que revise la transmisión le otorgue un valor superior. La mejor forma de evitarlo o de defenderte cuando te paen la liquidación paralela, es que pidas a un tasador oficial que realice una tasación. Muchas agencias inmobiliarias tienen el titulo de tasador oficial.
Si Hacienda liquida una cantidad superior, la debe de motivar, y tu puedes entonces presentar un recurso con la tasación en contra, realizada por un técnico competente que arguemente porqué vale menos dinero. Si la rechazan sin defenderlo adecuadamente, puedes recurrir al TEAR de tu Comunidad Autónoma, aportando incluso una segunda tasación, lo cual hará que el Tribunal lo tenga que examinar y revisar a fondo.
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Entiendo, que lo que te ha querido decir el agente inmobiliario, es que con posterioridad a la compra, y dentro de un plazo de 4 años, es posible, que tengas una comprobación de valores. Dicho procedimiento consiste en una revisión por parte de Hacienda del valor de compra del bien, si conforme los ingresos propios que ella realiza, entiende el precio es menor de lo que debería ser, inicia el expediente, en que hay posibilidad de alegaciones y recursos varios. El asunto esta, en que lo que se pretende de contrario, es que se acabe pagando la cantidad de impuesto (Transmisiones patrimoniales), que entienden no se pagó al minorar el precio.
Siempre, se puede pedir previo a la firma, valoración previa del inmueble en Hacienda, a los efectos de fijar el precio de la compraventa.
Esperamos haber sido de ayuda, agradeceríamos valorara la respuesta.
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En todas las Comunidades Autónomos, normalemtrne en la de Hacienda tienen unas normas de valoración, que se basan en los valores catastrales que tengan las vivienda ny en la licidad donde se encuentdren ubicadas, ¿por ejemplo una vivienda en Sevilla que tenga un valor catqastral de 50.000? Uros, su valor fiscal mínimo a la horqa de venderla es de 50.000 x 2,5 = 125.000 de valor fiscal, `por lo que a la hora de exigir el Impuesto de3 Transmisiones Patrimnoniales que es el 7% en todas las Comunidadees pueden exigir que se pague por esa cantidad de 125.000, aún cuando en escritura figure solo por100.000.
La forma de enterarse es que le den una copia del recibo de3l I.B.I. (Antigua contribuci´`on Urbana, hoy Impuestos sobre Bienes Inmuebles) y con el se pasa por las oficinas de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda, y le indicarán cual es el valor fiscal.
Tenga en cuenta que la filosofía fiscal es que Vd. puede comprar o vender por el precio que quiera, pero fiscalmente tiene que pagar por los mínimos estipulados.
Confiando haberle aclarado el asunto nuestros cordiales saludos.
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La verdad es que poco voy a poder aclararte, aunque entiendo que el precio de venta lo pone el vendedor y a veces tasan un inmueble por mayor valor del de venta. Creo que no te pasaría nada, pero si te quieres aclarar mejor, consultalo en tu administración de hacienda o preguntando a otro experto, yo no voy a serte de mucha ayuda.

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