Traslado de residencia a nuevo municipio (IRPF)

El año pasado cambié de residencia a un nuevo municipio por motivos laborales. El problema es que no me di de alta en la oficina de empleo en el periodo entre uno y otro trabajo, aunque dispongo del informe de vida laboral en el que se refleja el periodo de inactividad (6 días en realidad) entre uno y otro empleo en distintos municipios de comunidades diferentes. Me gustaría saber si es suficiente para justificar acceder a la reducción del IRPF (casilla 019), o cómo podría justificarlo para tener derecho a esta reducción.

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No sé si cambiaste tu domicilio fiscal a la hora de cambiar de residencia (deberías haberlo hecho), pero si no fue así, tendrías que haber vivido a 31 de diciembre en el nuevo municipio más de 186 días, si es así, te podrías deducir de las reduccones de la comunidad auónoma en la que vivas ahora.
Supongo que cambiarías todos los domicilios, seguridad social, hacienda, padrón, etc. No creo que tengas problemas.
Es más, a qué dirección te ha llelgado el borrador, ¿a la nueva o a la vieja?
Sí que cambié el domicilio fiscal, aunque no recuerdo cuándo, casi seguro que antes de jun/2009. Me hablas de reducciones en la comunidad autónoma, pero yo te hablaba de la reducción estatal por obtención de rendimientos del trabajo (casilla 019). ¿Puedo marcarla entonces, aún no habiendo estado dada de alta en la oficina de empleo entre los dos trabajos?
Y otra pregunta, ya que hablas de ello, la nueva comunidad autónoma es Andalucía, ¿hay reducciones autonómicas por este concepto?
Gracias.
A ver, te cuento, el reglamento dice con respecto a esto, lo siguiente:
Trabajadores desempleados que trasladen su residencia habitual pormotivos laborales.
Los contribuyentes en quienes concurran los requisitos que a conitnuación se enumeran podrán incrementar en un 100% el importe de la reducción "por rendimientos del trabajo":
- Que se trate de desempleados inscritos en la oficina de empleo.
- Que acepten un puesto de trabajo situado en un municipio distinto al de si residencia habitual.
-Que trasladen su residencia habitual a un nuevo municipio.
Esta reducción se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residenciay en el siguiente.
Como puedes leer, tienes que estar inscrito en la oficina de empleo y yo no sé, si tú al no haberte dado de alta como demandante en el paro podrás acogerte a esa reducción. Yo que tú llamaría a hacienda y lo preguntaría, total tan sólo fueron 6 días como tú bien dices. Pero claro y si por eso no tendrías derecho y la "cagases".
En Andalucia hay algunas deducciones, como ayudas al alquiler, por nacimiento de hijo, etc., Si la renta la haces con el programa padre en él vienen todas.

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