Dos hipotecas el mismo año

En el 2004 me compre con mi novia, a partes iguales una nueva vivienda. La vivienda habitual de mi novia la vendió, y lo que se gano se reinvirtio en la nueva. Y mi piso habitual no lo pude vender hasta este año. Es decir, yo estuve en el 2004 pagando 2 hipotecas. Cuando compre la nueva vivienda, me empadrone en la nueva ciudad. Y la vivienda que vendí este año, hace meos de tres años que la compre. ¿Todo esto como se ha de plantear de cara a la renta?
Muchas gracias

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En cuanto a tu novia:
En el 2004 vendió su vivienda habitual (la tenia más de 3 años) y compro otra en el mismo año y ademas reinvirtio TODO lo obtenido en la venta (no solo los beneficios) descontando la hipoteca pendiente... si esto fue así quedaría exenta del impuesto y ademas de no pagar no debería ni declararlo.
Pero al releer tu pregunta, creo que solo reinvirtio los beneficios así que deberá pagar por la parte que no ha reinvertido, es decir, se deben calcular sus ganancias Patrimoniales (GP) que son la diferencia entre el valor por el que compró el piso y el que lo ha vendido (descontando gastos de ambas operaciones y revalorización del piso que vende) y esa diferencia son sus GP y por ellas pagara el 15%
Si solicita exención por reinversión en otra vivienda habitual, deben darse las dos circunstancias:
1ª) que la vivienda que se vende sea la habitual hasta el momento de la venta. Para ello se debe tener y habitar al menos 3 años)
2ª) que se renvierta TODO lo obtenido en la venta (no solo los beneficios) en el nuevo piso. Solo para el caso de exención por reinversión se podrá descontar del importe de la venta la hipoteca que quedara pendiente en el momento de vender. El importe resultante (venta - hipoteca) seria el que debería reinvertir y así TODAS sus GP quedarían exentas del impuesto.
Se puede hacer reinversión parcial quedando también parcialmente exentas las GP en la misma proporción en que se reinvierta, es decir, si por ejemplo tienes unas GP de 100.000 y por otro lado el importe que debes reinvertir para quedar exento totalmente es de 150.000 pero solo reinviertes la mitad, tus ganancias (100.000) quedaran exentas también por la mitad, es decir por 50.000 no pagaría pero por las otras 50.000 pagaría el 15%
En resumen, tu novia ha hecho todas las operaciones en 2004 así que las debe incluir en la renta que hacemos ahora del ejercicio 2004. La fecha la manda el año en que se vende que es cuando se esta obligado a declarar.
En cuanto a tu caso:
Pues de entrada debo decirte que deberías haber mantenido como vivienda habitual la que has vendido este año porque así también te podrías acoger a la exención, pero de entrada ya no cumples el punto nº 1) de los requisitos. Aunque no hiciera los 3 años existen excepciones como cambio de residencia por motivos de trabajo, boda, etc... para considerarla habitual aunque no haga los 3 años, pero en tu caso en el momento de la venta YA NO LO ERA, así que no cabe buscar el entrar en una excepción... deberías haberte informado antes... corriste demasiado al empadronarte en el piso nuevo.
En cuanto a que hayas comprado antes la casa nueva que la venta de la vieja no hubiera sido inconveniente a la hora de solicitar la exención por reinversión puesto que el plazo que te dan para hacerlo es de dos años y pueden ser tanto por delante como por detrás de la venta.
Así que tu en la renta de 2004 no deberás indicar nada puesto que has vendido en 2005 y lo incluirás en la declaración que se hará en mayo de 2006.
Y en cuanto las deducciones por adquisición de vivienda habitual...
De entrada has cambiado tu vivienda habitual al nuevo piso así que solo te podrás deducir por la vivienda habitual, es decir por el nuevo, pero como imagino que por el otro ya te habías deducido mientras era tu vivienda habitual, DEBERÁS ESPERAR a deducirte por la nueva vivienda cuando los pagos que hagas a la misma superen la cantidad que te desgravaste anteriormente por el otro piso... con esto quedarías a las paces de deducciones y a partir de ahí ya te podrías desgravar normalmente, pero solo por el nuevo ya que este es ahora tu vivienda habitual.
Te recomiendo que acudas a un buen asesor fiscal para que te "asesore" bien, puesto que el tema es muy complejo y para que lo revise por si hubiera alguna forma de evitarte el "sablazo" o que este fuera inferior.
Es que es una pena que tengas que pagar habiendo comprado otra casa, pero en fin, intenta que un asesor te lo arregle lo mejor posible.
Un saludo y por favor si no tienes más consultas no olvides puntuar la respuesta.

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