Impuesto de sociedades

Hola, buenas tardes: mi pregunta es, el impuesto de sociedades se hace antes del asiento del 31/12/11 de 630 a 4752 que es el 25 % de los beneficios? ¿ en que momento de la contabilidad se hace el impuesto de sociedades? Que lio tengo

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Se determinará por estimación directa que se calculara corrigiendo mediante la aplicación de los preceptos contenidos en la ley, el resultado contable lo cual implica que debe realizarse al final del ejercicio y que debera realizarse una conciliación fiscal

El tipo general de gravamen será el 30%. Además,
existen una serie de tipos especiales, que varían según el tipo de entidad y
que oscilan entre el 0% para los Fondos de Pensiones y el 35% para las
entidades dedicadas a la investigación y explotación de hidrocarburos,
destacando el supuesto de las empresas de reducida dimensión que tributarán al
25% por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros y al 30%
Por la parte restante.

O sea, a ver si lo he entendido. Hago una regulariación de mi contabilidad a final de año. ¨De aquí, hago el impuesto de sociedades, con el 25% de mi beneficio, y luego hago el asiento del impuesto de sociedades, y luego cierro contabilidad, con lo cual, en la cuenta 129 del año 2012 ya me sale un bº menor que el declarado en el impuesto de sociedades.¿ es así? y perdona por tu tiempo

Si es eso mas o menos, claro dependiendo a lo que llames contabilidad

Esquema liquidativo

) (Resultado contable)
(+/-) Ajustes de carácter fiscal
(+) Imputación de regímenes especiales (art. 4.2)
(-) Bases imponibles negativas ejercicios anteriores
(=) Base imponible (art. 10)
(por) Tipo impositivo (art. 28)
(=) Cuota íntegra (art. 29)
(-) Deducciones por doble imposición (arts. 30 a 32)
(-) Bonificaciones (arts. 33 y 34)
(-) Otras deducciones (arts. 35 a 44)
(-) Pagos fraccionados (art. 45)
(-) Retenciones e ingresos a cuenta (art. 46)
(=) (Cuota diferencial a ingresar o devolver)

Los ajustes son las diferencias entre tu contabilidad y fiscalidad por ejemplo las PYMES TIENEN LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN mientras que contablemente recoge la verdadera depreciación, de aquí si sabes manejar bien la fiscalidad te puede salir un verdadero beneficio

Si es eso mas o menos, claro dependiendo a lo que llames contabilidad bueno aquí hay una errata quise poner depende lo que llames regularización jejej

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