Es deducible el fondo de comercio de una farmacia

Creo que ahora los fondos de comercio no son deducibles ni amortizables, pero, en el caso de una farmacia, ¿cómo debo contabilizar la cantidad pagada por traspaso?
Respuesta
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Las cantidades adeudadas por traspasos siguen pudiéndose amortizar dentro del nuevo plan contable. Lo que no se pueden amortizar son los gastos de establecimiento.

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