Notas de Comida (urgente)

Hace poco que me incorporado a trabajar a una empresa, he visto que las notas de comida del personal cuando sale a trabajar fuera, contablemente las tienen reflejadas con su IVA correspondiente y bueno... Creo (desde mis conocimientos) que esto no es correcto ya que este IVA no se puede deducir fiscalmente, si se podría deducir como gasto por el total.
¿Mi pregunta es?: Como soluciono esto, porque si hacienda nos hace una inspección, ¿nos podría sancionar?, me pensado hacer un apunte de corrección donde anule todo el IVA antes declarado y deducirlo solo como gasto, pero no se si esta es la mejor manera o existe alguna otra mejor.

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Me sorprende ver hasta que punto la gente se preocupa. Normalmente todo el mundo lo mete como gasto e iva deducible. Pero ya que estamos te diré como debería ser.
Las comidas deberían reflejarse en la nómina de los trabajadores como retribución en especie, con los límites que marca la ley, y guardar los tiquets como prueba del gasto. Los tikets, no los contabilizarías de ninguna forma, ya que estarían incluidos como gasto por el total en la nómina del trabajador y el pago del ticket lo contabilizarías como pago de la nomina en especie (contra la 465).
Esto es técnicamente lo que se tiene que hacer.
Lo que se hace (generalmente) es lo contrario, contabilizar factura como comidas con clientes (627x), deducir IVA y gasto, y al trabajador dejarlo tranquilo.
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mmmm... ¿entonces lo dejo tal y como esta y no toco nada? ¿Por qué me has comentado que normalmente todo el mundo lo hace así no?.
Eso es lo que hace la mayoría de la gente y también te he explicado como hay que hacerlo realmente, la decisión es tuya.
Espero haberle ayudado, si desea alguna aclaración no dude en decírmelo.
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