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buenas tardes.
tengo una duda, tengo en mi empresa el ejericio 2007, beneficos por unos 10.000 euros.
Es el primer año que tenemos beneficios, por lo que debemos dotar reservas legales. dichos beneficios los vamos a compensar con los resultados negativos de ejercicios anteriores . La duda que tengo es que dicha reserva se debe de dotar despues de impuestos, y no se si dotar primero la reserva y después compensar los resultados negativos restantes o no puedo dotar la reserva, hasta que compensen por completo los resultodas negativos.
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