Contabilización del Plan Prever

Ruego me disculpe, pero en ningún momento fue mi intención ofenderle. Al contrario, le estoy muy agradecido por las veces que me ha contestado de forma muy profesional a mis preguntas.
Intentaré hacer la pregunta lo más clara posible dentro de mis posibilidades:
- Una sociedad que da de baja un vehículo para adquirir otro nuevo acogiéndose al plan prever. ¿En qué cuenta y contra que cuenta contabilizo la bonificación-descuento que se deriva del acogimiento al plan prever?
- Mismo supuesto y pregunta pero la adquisición del nuevo vehículo la realiza a través de Leasing. En este caso el Leasing le financia a la sociedad el precio de adquisición del vehículo una vez descontado el plan prever.

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1º. Adquisición
Si el importe del Plan Prever lo RECIBE DIRECTAMENTE EL FABRICANTE o VENDEDOR del vehículo, el PRECIO DE ADQUISICIÓN será el resultado de deducir dicho importe del PVP del vehículo (incluyendo el Impuesto de Matriculación, los gastos de transporte y cualesquiera otros gastos y tasas no compensables).
2º. Adquisición
Si el importe del Plan Prever lo RECIBE EL ADQUIRENTE y lo aplica después a la adquisición del vehículo.
(572) a (131)
Por el importe del Plan Prever recibido.
(228) a (572)
Por el PVP del vehículo (incluyendo el Impuesto de Matriculación, los gastos de transporte y cualesquiera otros gastos y tasas no compensables).
El Plan Prever constituye en este caso una SUBVENCIÓN DE CAPITAL y deberá aplicarse al RESULTADO DEL EJERCICIO a medida que el vehículo sea amortizado.
3º. Leasing
Si el importe del Plan Prever lo RECIBE DIRECTAMENTE EL FABRICANTE o VENDEDOR del vehículo, el VALOR FINANCIADO por la operación de ARRENDAMIENTO FINANCIERO será el resultado de deducir dicho importe del PVP del vehículo (incluyendo el Impuesto de Matriculación, los gastos de transporte y cualesquiera otros gastos y tasas no compensables).
4º. Leasing
Si el importe del Plan Prever lo RECIBE EL ADQUIRENTE y lo aplica después a la adquisición del vehículo.
(572) a (131)
Por el importe del Plan Prever recibido.
(217)
Por el PRECIO DE ADQUISICIÓN de los DERECHOS DE USO. Es decir, por el PVP del vehículo (incluyendo el Impuesto de Matriculación, los gastos de transporte y cualesquiera otros gastos y tasas no compensables).
(272)
Por el importe de los intereses asociados a la operación.
A (178)
Por la parte de la deuda contraída cuyo vencimiento excede del ejercicio económico corriente.
A (528)
Por la parte de la deuda contraída cuyo vencimiento se producirá dentro del ejercicio económico corriente.
El Plan Prever constituye en este caso una SUBVENCIÓN DE CAPITAL y deberá aplicarse al RESULTADO DEL EJERCICIO a medida que se satisfagan las cuotas del Arrendamiento Financiero.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. Una vez FINALIZADA y VALORADA esta consulta, no dude en plantear NUEVAS preguntas para resolver sus dudas.

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