Alta en locales

Me gustaría saber el procedimiento para dar de alta un local bien sea comercial u otra categoría, y si con el proyecto de la instalación eléctrica y contra incendios etc.. Ya es suficiente.
Gracias de antemano y un saludo.

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Desconozco el país, supongo que es España.
Según la legislación vigente para obtener la licencia de apertura de un local destinado a un negocio, hay que tener en cuenta el dictamen por un lado del Ayuntamiento de la localidad que se basa en la calificación según sea la actividad, y basado en el Reglamento de Actividades molestas Insalubres o peligrosas, si la actividad se considera sin calificación será inocua y serán los servicios técnicos municipales los que determinen si se exige o no proyecto, en este proyecto se explicará tipo de industria y a que se dedica de una forma general, si por el contrario la calificación ha sido positiva se exigirá un proyecto con las medidas correctoras a tomar, así como descripción de instalaciones, maquinaria a instalar, coste, sistemas de protección contra incendios..., independientemente de la potencia eléctrica de la que estemos hablando.
Esto es a nivel local, ahora a nivel nacional Industria exigirá proyecto eléctrico basándose el varios baremos, la potencia a suministrar por un lado y la superficie del local por otra, así si se trata por ejemplo de un restaurante de superficie menor a 200m2 y de potencia >=10Kw sólo necesitará ante Industria el boletín del instalador, si la potencia supera lo s10Kw necesitará ademas una dirección de obra de un Ingeniero, y si además supera los 200m2 necesitará también proyecto.
No todos los locales tienen los mismos baremos, antes hemos hablado de 10 Kw y 200m2, sin embargo para bancos, comercios, oficinas el límite está en 50Kw sin tener en cuenta la superficie.
Hay distinciones en locales de reunión, comerciales, de pública concurrencia, húmedos, polvorientos, con riesgos especiales, temporales... en cada caso es diferente.
Siempre hay que tener claro que hay dos Administraciones independientes, es fácil que para industria no se requiera proyecto eléctrico en el restaurante anterior, pero para el Ayuntamiento al considerarlo actividad molesta si lo exija.
Puedes encontrar información en RD 2413/1973 20-09-73.

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