Consulta sobre la valoración de una casa por sociedad de tasadores

Buenos días
Todavía nos estamos peleando con mi cuñado por la valoración de una casa 2ª residencia...
Nosotros como se dijo ante el notario hicimos una valoración por API, la presentamos a mi cuñado, al cual le compramos la 1/4 parte que nos falta, las otras 3 ya son nuestras (nos las dan mis cuñadas), pero no esuvo de acuerdo.
Como no nos hablamos por otros motivos... Nuestros abogados están en ello... Lo último a lo que llegamos fue a que yo le envié una lista de APIs de la zona para que ellos escogieran, pues ahora resulta que nos salen con que quieren que la valoración la haga una sociedad de tasadores, NO un API... Brrrr...
¿Sabes por alguna experiencia si hay diferencias entre uno y otro?
¿Uno puede valorar más alto que otro?
No sé si la pregunta es tu especialidad...
Gracias
Respuesta
1
Bueno algo sé del tema.
Los API pueden realizar valoraciones inmobiliarias, pero no sirven para garantías hipotecarias, por eso existen las sociedades de tasación, ya que el dinero ahora es de los bancos, no es una valoración "entre particulares".
Yo suelo trabajar cuando sale algún lío de este tipo con alguna sociedad de tasación (ST sociedad de tasación o TIMSA) y la verdad es que suelen hacer un trabajo muy serio y respaldado por los controladores técnicos de cada empresa, por lo cual más garantía que te puedan ofrecer no te la da ningún API, estos tasadores no se ven digamoslos "influenciados" por ningún agente interesado..., es decir su neutralidad está demostrada.
Yo te recomiendo que entre los abogados se pongan de acuerdo en designar una de estas 2 empresas y que el tasador emita su informe y así por lo menos podréis ir solucionando vuestro problema.
Otra opción es buscar algún arquitecto o arquitecto técnico especializado en valoraciones de vuestra zona y que os elabore una valoración. El problema se puede dar cuando las 2 partes encarguen cada uno una valoración por su lado y como es lógico los valores pueden diferir y haga falta una peritación ya judicial contradictoria (si no se llega a un acuerdo), pero te recomiendo la otra opción.

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