Plan Ordenación Urbana en proyecto

Tengo una casa de 3 plantas, con un patio detrás al cual da la puerta de mi garaje (sótano). Uno de los laterales del patio (que da a una calle) estaba sin vallar, y al pedir licencia de obra ahora, y realizar la valla, me he enterado que en el nuevo plan general de urbanismo del municipio está planificado que me quiten 2 metros de ancho por todo el lateral de la calle que os comento, con el fin de hacer aparcamientos en la calle. Entonces:
1.¿Es esto legal?
2.¿Qué opciones tengo?
3.Si yo ya tengo realizada la valla, ¿podrían tirármela cuando se apruebe el plan?
4.Al no estar aprobado el plan, si yo pido licencia ahora para hacer una casa en ese lateral pegando a la calle (con lo que no les dejaría sitio para que me lo quitaran), ¿me darían la licencia? Y qué pasaría una vez se aprobara el plan, ¿me podrían tirar la casa?
Muchas gracias, soy de un municipio de Madrid, agradecería cualquier respuesta, así como cualquier información de donde puedo informarme con más claridad en la Comunidad.

1 Respuesta

Respuesta
1
Desconociendo el momento de tramitación en que se encuentra el plan, lo más sensato es, antes de tomar medida alguna, acudir al Ayuntamiento del municipio a informarse de este hecho.
Por ley, el P.G. debe estar sometido a dos procesos (como mínimo) de información pública para que los afectados, como tú en este caso, presenten alegaciones. Si el plan está aún en aprobación inicial o en información pñublica para su aprobación definitiva, será posible presentar alegaciones.
Una vez que conozcas este dato será más sencillo ayudarte y responder a tus preguntas, en concreto la 2.
Para el resto, ya te adelanto que para la número 1, si se han cumplido las etapas legales de exposición e información pública, es perfectamente legal. Para la 3, igualmente te la podrán tirar, ya que al no existir cuando se ha empezado a revisar el planeamiento, se trataría de una construcción ilegal.
Por último, en cuanto a la 4, no te concederían la licencia, puesto que desde el momento en que se comienza a revisar el planeamiento las licencias se suspenden para todo caso que su aplicación difiera entre el planeamiento vigente y el revisado (el nuevo). Por tanto, no podría producirse el hecho que comentas.
Un saludo.
(NOTA: Si me indicas el municipio de Madrid será más fácil darte una respuesta más precisa, puesto que yo ejerzo precisamente en la C.A.M.)
Hola, en primer lugar muchas gracias por tu respuesta. Te cuento lo que me pedías: el municipio es Moraleja de En medio, al sur de Madrid, y el Plan General, que yo sepa ha tenido solamente una sesión informativa al público (en el año 2006). No me cuadra mucho el hecho de que se paren las licencias una vez que se está revisando el plan, ya que si la consulta pública se hizo en el año 2006, se supone que antes ya estaba en proyecto, ¿por lo que según me comentas se pararían todas las obras durante bastantes años?
Te agradecería cualquier información que consideres que me pueda interesar sobre el plan de este municipio al respecto.
PD: En caso de que necesites la calle para analizarlo más a fondo, no dudes en pedírmelo, no lo pongo de momento.
Gracias
No es que se suspendan todas las licencias, sino que se suspenden las licencias PARA LOS CASOS EN EL QUE EL PLANEAMIENTO DIFIERA ENTRE EL PLANEAMIENTO ANTIGUO Y EL NUEVO. Además, esta suspensión se produce solamente entre la publicación del documento que se somete a información pública y la aprobación definitiva del mismo (que si no recuerdo mal, por ley es de 6 meses como máximo).
Es decir, que para tu caso, por ejemplo, los técnicos no te darán la licencia porque las nuevas alineaciones (que no olvidemos ya están aprobadas inicialmente) obligarían a derribar la casa que eventualmente edificases en la linde posterior. Es un claro ejemplo en el que el nuevo planenamiento entra en conflicto con el existente. Una vez aprobado el nuevo planeamiento de manera inicial (es decir, transcurridos esos 6 meses que comentaba) el proyecto que quisieras presentar para la linde trasera, sea una valla, sea una casa, ya deberá ajustarse a la nueva alineación.
Por otro lado, estudiando el caso concreto de Moraleja de En medio, he visto que el Plan se encuentra aprobado inicialmente y en fase de aprobación definitiva, quedando solamente el visto bueno por parte de la Comunidad de Madrid, así como los llamados informes sectoriales (Red Eléctrica, Canal de Isabel II, etc) y si no se ha aprobado ya es porque se encuentra en medio de la llamada operación Porto, un tema de índole política que ha azotado el urbanismo de la Comunidad de Madrid en el último año y medio. No obstante, no creo que tarde mucho en salir aprobado.
Por tanto, me temo que el tema es completamente legal, y que, una vez agotado el plazo de alegaciones al plan, solo te queda acudir al Ayuntamiento para solicitar la documentación pertinente al justiprecio, ya que al tratarse de una expropiación tendrás derecho a una indemnización. Desde luego que si haces la valla acabarán tirándola con la ley de su parte.
Como recomendación, te sugiero que acudas a la oficina del Catastro (www.ovc.catastro.meh.es) y solicites un certificado de tu parcela, incluyendo planos, para poder contrastar entre esta documentación y la del Plan General exactamente cuántos m2 perderás y por tanto solicitar el justiprecio adecuado a tu pérdida, puesto que el ayuntamiento intentará demostrar que lo que "se come" es ya dominio público y que era tu parcela la que ocupaba ilegalmente dicho dominio (y así ahorrarse el pago).

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas