Solicitud de licencia de obras

Quería saber si la solicitud de licencia para la realización de una obra de edificación, tiene que aparecer en el boletín oficial de la provincia correspondiente.

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Que yo sepa no. las he visto publicadas en las actas de los plenos de los ayuntamientos pero no en BOP
Hola.
Yo si las he visto publicadas en el boletín, pero no encuentro una en concreto y quería saber si era obligatorio en todo caso o no. Por si acaso es optativo.
Un saludo.
Consulta en tu ayuntamiento, las licencias y los proyectos de construcción son públicos
He pedido la fecha de solicitud de la licencia vía email, pero todavía no me la han dado y de eso ya hace 4 días. No sabía que fuera tan complicado encontrar ese dato.
¿Podría presentarme en el Ayuntamiento y pedir que me lo enseñen?
Un saludo
Podrías solicitarlo en persona, pero no creo que se pueda consultar inmediatamente sino que tendrán que preparar la información lo que debería llevarles un par de días también
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No, es una gestión que se ventila únicamente con el interesado.
Pues hay solicitudes de licencia que aparecen en el boletín y no entiendo por qué si no es obligatorio, ni por qué unas si otras no.
Las concesiones de licencia de obra no tienen por qué publicarse.
Otra cosa son las licencias de actividad, concesiones administrativas (impliquen o no obra), concursos o subastas de obras de la administración, aprobación de figuras de gestión urbanística, reparcelaciones, planes parciales, obras de urbanización, etc., estos SI.
La concesión licencia de obras NO se publica en ningún boletín, te lo digo de buena fuente porque soy arquitecto municipal, creo que te confundes con algún otro trámite
No me refiero a la concesión de la licencia, si no a la solicitud de la misma para una obra de urbanización.
Las obras de urbanización son parte de la gestión urbanística, que es un conjunto de actividades de tipo público o sometidas a control público, su objeto es realizar obras en terrenos de uso público para desarrollo de sistemas locales o generales.
En consecuencia de su interés social su tramitación está sometida a períodos de exposición al púbico para que cualquier ciudadano pueda conocer como se van a realizar las calles y manifestar lo que crea oportuno, la publicidad de los períodos de exposición al público se realizan en la forma reglamentaria, según Comunidad Autónoma e incluyen anuncios en boletines y periódicos, para cada fase de aprobación, fijadas también reglamentariamente y que pueden ser: inicial, provisional y definitiva.
La aprobación inicial (a la presentación del expediente y si éste está correcto) implica la exposición al público por el período fijado en los reglamentos, según el resultado de la exposición y si hay o no alegaciones, y dependiendo del reglamento de gestión puede haber una aprobación provisional con nueva exposición al público o no, que también se anuncia y una vez cumplidos todos los trámites se realiza la aprobación definitiva que solamente se convierte en firme desde el punto de vista administrativo cuando ha estado en exposición 15 días y no ha tenido recursos.
La solicitud de la licencia para la urbanización que me interesa,¿podría aparecer como proyecto de urbanización, en vez de con la indicación "solicitud de licencia"?
He mandado un email al Ayuntamiento preguntando por la fecha de solicitud de la licencia de esa obra y su respuesta, por el momento, ha sido ¿de cuál de los bloques? Porque la urbanización está formada por varios bloques de viviendas y al parecer se ha solicitado una licencia de obra para cada uno. No sé si esto suele ser o no así. Yo suponía que se solicitaba la licencia de obra en conjunto para toda la urbanización. De este modo habrá bloques, posiblemente, que deban cumplir unas normativas y otros otras, pero sin embargo externamente son iguales y si a alguno de ellos les afectara el CTE en lo referente a la limpieza de los acristalamientos exteriores, estaría fuera de normativa, a no ser que modificara el tamaño de los acristalamientos. Realmente no sé si se da este caso o no, pero la solicitud de la primera licencia imagino que se produciría unos meses después de aprobarse el código y ahí ahí andará si a de cumplirlo o no, así que si otras se tramitaron más tarde...
Un saludo
Generalmente cuando un promotor se hace con un terreno en que puede construir varios bloques no hace todos a la vez, por problemas de volumen de inversión, va construyendo 1 ó 2 a la vez y, en consecuencia va urbanizando por etapas a la vez que va construyendo los bloques y de acuerdo con el ayuntamiento, si las normas de construcciópn cambian el proyecto debe adaptarse cada vez y resulta que los bloques no van a ser exactamente iguales.
De todas formas, por el sentido de tu pregunta creo que quieres saber si es de aplicación el CTE, en este sentido la fecha que vale es la de solicitud de licencia de obras de las viviendas, no de la urbanización. Para que el proyecto no deba cumplir el CTE la licencia debe estar solicitada antes del 29/03/2006. Decreto 314/2006 BOE 28/03/06. En esas fechas fue corriente adelantar proyectos y solicitar licencias para intentar evitar el cumplimiento del CTE debido a su mayor coste, para solicitudes posteriores hay períodos voluntarios de aplicación del CTE o de la normativa anterior que finalizaban el 29/09/2006 y 29/03/2007 dependiendo del asunto.

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