Reclamación al seguro de casa: ¿Robo o Hurto?

Hace 2 semanas mientras paseaba por el centro del pueblo, me robaron el bolso (del tipo con asa que se lleva por el hombro) cortando la asa. No me di cuenta hasta después, cuando solo me quedaba, colgada de mi hombro, la asa cortada.
He hecho la reclamación por robo de mi móvil y €100, y ahora el seguro me dice que ha sido hurto y no robo, así que no lo cubren, pero en el seguro dice al respeto:
- Robo es “... La sustracción ilegítima... Mediante actos que impliquen fuerza o violencia en las cosas.“
¿No se constituye “violencia en las cosas” el acto de coger el bolso para cortar el asa?
Reconozco que busco cobertura a base de un termino de la póliza de detalle pequeño, pero la ley sí se base en tales cositas, ¿no?

Respuesta
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Lo que indicas sobre el contenido de la póliza es verdad, pero la cobertura a que hace indicación la violencia en las cosas es para la vivienda, solo para la vivienda y dependencias que hayas podido asegurar, como por ejemplo un trastero.

Lo normal en el seguro de hogar para la cobertura fuera de la situación del riesgo, la situación del riesgo es tu casa, es robo y expoliación, pero la cobertura que dan cuando estás fuera de casa es expolio, y la violencia se debe producir en las personas, es decir, si te hubiesen pegado un tirón en lugar de cortar el bolso, tendría cobertura el seguro, porque había violencia en la persona.

Lamento decirte esto, pero los seguros de hogar están hechos así, hay cosas que no se entienden, como por ejemplo lo que te digo, si cubre que te peguen un tirón y no cubre que te corten las asas.

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