Cobertura de seguro

Quisiera saber si un seguro del hogar cubre la reparación (rotura u obturación) de las cañerías del alcantarillado de una vivienda. Si la cañería se ha roto ¿puede estar dañando la estructura de la vivienda por acumulación de agua?.

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Si la rotura no provoca daños visibles a la vivienda u objetos, creo que no hay ninguna que lo cubra. Ahora, si ha mojado una pared por ejemplo, la mayoría de las compañías cubre la localización y reparación.
No soy técnico pero entiendo que la estructura e integridad de una vivienda no debería verse afectada por filtraciones de aguas residuales. Si me dices que es un bloque de muchas viviendas no sé que decirte, pero me extrañaría que dañase la estructura. Otra cosa es que cause daños o malos olores, pero de ahí a afectar la integridad, lo dudo.
Antes de nada darte las gracias por tu rápida respuesta amigo Jose. En relación con mi pregunta te doy más datos. La vivienda es unifamiliar de dos pisos. La tubería de alcantarillado rota está en un patio interior con suelo de cemento. Me he dado cuenta porque hay una zona que desde hace unos días está siempre húmeda (antes no lo estaba) y me temo que no es por las lluvias, el resto del patio está seco. Ademas, ayer, ya algo mosqueado, levante la tapa del alcantarillado y encontré mucha arena que estaba atascando la tubería. Retiré toda la que pude pero continua sin correr el agua. Creo que esas aguas residuales están estancadas bajo el suelo de cemento, que han escapado por algún sitio roto de la tubería y están arrastrando toda la arena de relleno que echaron para hacer el suelo y esto va a terminar por atascarlo todo. Afectar, de momento solo afecta al mismo patio. La reparación va a ser costosa y ha sido el origen de mi pregunta, saber si la aseguradora cubriría la reparación y en caso afirmativo saber como enfocar la reclamación al seguro para que no pudieran negarse a efectuarla, porque ya sabes que se agarran a un clavo ardiendo. A la espera de tu contestación, recibe un cordial saludo. Gracias.
Veo difícil poderlo colar como daños, si solo está húmedo. Yo he tenido casos similares que afectaban a plaquetas de suelo que se levantaban, y entonces ahí si hay daños, pero la única consecuencia de la humedad no creo que la atienda la compañía.
Además, la póliza tiene que cubrir expresamente (o no estar entre las exclusiones) las tuberías externas (me refiero a las que van por el jardín o superficie solada del mismo), pero creo que siempre cubrirían la reparación (y la búsqueda de la avería) si existen daños.
Si quieres, echa un vistazo a las condiciones, o dime la compañía y lo miro más detalladamente y te lo confirmo.
Antes de nada, volver a darte las gracias por tu atención. He estado mirando detalladamente las condiciones de la póliza y me "ha chocado" la redacción de dos de ellas en concreto, a mi parecer contradictorias. En una de ellas, y dentro de las Exclusiones Generales dice literalmente:
     Punto i: "goteras, filtraciones o humedades provenientes de cimientos, muros, paredes, techos, suelos y cubiertas exteriores, que no sean producidas por las conducciones de agua del edificio o por obturación de las mismas".
     Más abajo, y también como excluyente aparece el siguiente párrafo:
     Punto s: "los daños que tengan su origen en fosas sépticas, arquetas, cloacas, alcantarillas o agua de lluvia".
     Si nos atenemos a lo que dice el último punto, "pues pare usted de contar", porque hace referencia a daños producidos por esas causas en negativo, pero no hace referencia a la posible reparación de la avería, y yo pregunto, ¿hacen distinción entre conducción de AGUA POTABLE O CORRIENTE y AGUAS RESIDUALES?, por que al fin y al cabo conducciones de agua son ambas.
     No sé, amigo José, pero lo veo negro. De todas formas te informo que mi compañía es Segurcaixa Hogar por si tú le hechas un vistazo y "ves" algo que yo me he saltado. Sin más, y a la espera de tu contestación, recibe un saludo.
En el primer punto te excluyen todo tipo de filtraciones por lluvia, nieve, etc, además de las que tengan el origen en humedades del terreno. Es decir, excluye todo lo que sean daños por causas distintas a rotura de conducciones.
Y la segunda parte yo interpreto que se refiere a que tengan el "origen" en la propia alcantarilla o sumidero, pero no a la rotura de una tubería que parta o llegue hasta ahí, es decir, la tuberñia y los daños estarían cubiertos, pero si la rotura es de la propia arqueta (y no de la tubería) no te cubre ni los daños ni la reparación.
Yo también lo sigo viendo negro, pero sobre todo por la inexistencia de daños, más que por otra causa. Si no hay exclusión explícita de conducciones subterráneas de jardín o exteriores o algo así tendría cobertura si hubiera daños.
No obstante, mi consejo es que llames y digas que han aparecido humedades en el cemento posiblemente de una tubería que pasa por debajo... si cuela, cuela, si no, no tienes que perder. No veo otra.
Muchas gracias amigo Jose por tu interés. Voy a hacerte caso. Llamaré a mi aseguradora y le expondré el tema tal y como tu lo enfocas ¡Y a ver que pasa!

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