Aplicación de responsabilidad solidaria en nómina

Mi marido trabaja como vigilante de seguridad para ADIF, y lo van subrogando en distintas empresas. En la última, le han aplicado retención de IRPF de 5 puntos más de los que tenía, con la explicación de que es "responsabilidad solidaria de empleados subrogados". ¿Esto es legal? Según tengo entendido, la responsabilidad solidaria la contrae la empresa entrante con los trabajadores si se les ha dejado de pagar algún sueldo, no al revés, que sea el trabajador el que pague más IRPF. Si me pudieran aclarar esto se lo agradecería.

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Creo que deben solicitar más información a la empresa, porque con la que le han dado es del todo insuficiente.

En efecto, existe la responsabilidad solidaria en la subrogación de empleados, que establece que tanto la empresa anterior como la nueva responden de una posible deuda en salarios o cotizaciones existente. Eso no significa que pueda cobrarse esa posible deuda de la nómina del trabajador.

De todos modos, en su caso, dado que se refiere a un incremento en la retención de IRPF, quizá lo que ocurrió fue que en la anterior empresa le aplicaron una retención menor que la que le correspondía a su marido y ahora la aplican la que realmente le corresponde. Eso sería correcto y en realidad no tendría nada que ver con la responsabilidad solidaria.

Otra opción es que la empresa le esté aplicando un tipo mayor para compensar lo que dejó de pagar, por error, con la empresa anterior. En efecto, su marido debería abonar esa diferencia por lo que pagó de menos, pero la empresa no puede descontarlo unilateralmente de la nómina, salvo acuerdo con su marido o que exista una orden judicial.

También es posible que la empresa haya tenido que presentar una declaración complementaria (Modelo 111) para corregir el error anterior. En ese caso, se aplica un recargo del 5%, pero éste debe ser asumido por la empresa, no por el empleado. Aquí sí que se estaría cometiendo una irregularidad.

¿Cómo aparece reflejado en la nómina? ¿Hay algún concepto específico o, simplemente aparece el porcentaje de IRPF incrementado en un 5%?

Como le indicaba el principio, deberían pedir más explicaciones a la empresa que un simple "responsabilidad solidaria". Con eso no se aclara nada.

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