¿Se puede exigir 24h de calefacción?

Un amigo me dijo que él consiguió que su comunidad tuviese la calefacción disponible 24h, argumentando que en el R.D. 736/2020 de 4 de agosto se dice en su artículo 3 apartado 2 que: " los usuarios finales de las citadas instalaciones térmicas deberán contar con los medios necesarios para el control de su propio consumo".

Cosa que no podré hacer sin la caldera central encendida en las horas que yo necesite tener calefacción.

Me gustaría saber si en base a ese decreto, se puede exigir legalmente en España que la calefacción central esté disponible las 24h y que cada vecino la pueda usar según sus necesidades.

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Puedes exigirlo si es necesario para tener conseguir tener una temperatura mínimas en tu casa. Esta suele ser de 18 grados por la noche, 20 por el día. Pero depende del lugar y la normativa local.

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Personalmente, interpreto que "los usuarios finales de las citadas instalaciones térmicas deberán contar con los medios necesarios para el control de su propio consumo" implica que los usuarios deben disponer de contadores individuales. Controlar el consumo no significa disponer del servicio 24h.

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Yo me imagino que habrá que ver las diferencias en el coste, mantenimiento y demás, de tener la caldera disponible 24 horas. Y me parece lógico que eso pueda decidirse en la Comunidad. Otra cosa podría ser sencillamente terminar con la calefacción central, si realmente no hubiera compensación económica alguna.

Yo creo que esa frase que citas está sobre todo pensando en que hace algunos años, no había contador individual.

Si no está disponible 24 horas me imagino que será por algo. Y de eso es de lo que hay que informarse. Una cosa es que lo haya conseguido, y otra que eso sea justo.

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