¿Se puede exigir 24h de calefacción?

Un amigo me dijo que él consiguió que su comunidad tuviese la calefacción disponible 24h, argumentando que en el R.D. 736/2020 de 4 de agosto se dice en su artículo 3 apartado 2 que: " los usuarios finales de las citadas instalaciones térmicas deberán contar con los medios necesarios para el control de su propio consumo".

Cosa que no podré hacer sin la caldera central encendida en las horas que yo necesite tener calefacción.

Me gustaría saber si en base a ese decreto, se puede exigir legalmente en España que la calefacción central esté disponible las 24h y que cada vecino la pueda usar según sus necesidades.

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Personalmente, interpreto que "los usuarios finales de las citadas instalaciones térmicas deberán contar con los medios necesarios para el control de su propio consumo" implica que los usuarios deben disponer de contadores individuales. Controlar el consumo no significa disponer del servicio 24h.

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Puedes exigirlo si es necesario para tener conseguir tener una temperatura mínimas en tu casa. Esta suele ser de 18 grados por la noche, 20 por el día. Pero depende del lugar y la normativa local.

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