Voy a dejarte 2 consideraciones, una respecto a la propiedad y licencias para hacer uso de aguas de un pozo.
Y la segunda respecto a el derecho o no al servicio de agua.
A)
En España, desde la Ley de Aguas de 1985, las aguas subterráneas son Dominio Público Hidráulico, lo que significa que no pertenecen al propietario del terreno donde se encuentra el pozo. Para usar estas aguas, es necesario obtener una autorización o concesión de la Confederación Hidrográfica correspondiente, y solo se puede extraer el agua para el uso en la propia finca, no para comercializarla o beneficiar otras propiedades.
El Agua es Pública, No Privada
- La principal ley que regula esta materia es la Ley de Aguas de 1985, que establece que tanto las aguas superficiales como las subterráneas son propiedad del Estado.
- Esto implica que, aunque el pozo esté en tu terreno, el recurso hídrico es de todos.
¿Cómo se Obtiene el Derecho a Usar el Agua?
Permiso o Concesión:
Para aprovechar las aguas subterráneas, debes solicitar un permiso a la Confederación Hidrográfica de la cuenca donde se ubica tu pozo.
Legalización del Pozo:
Si ya tienes un pozo hecho, debes comprobar si está registrado y, en caso contrario, iniciar un proceso de legalización para poder obtener la autorización.
¿Qué Implica una Concesión?
Uso Limitado a tu Finca:
La concesión de uso suele estar ligada al propio predio donde se encuentra el pozo. Esto significa que el agua solo puede ser utilizada en tu terreno o en fincas colindantes de la misma propiedad.
Restricciones de Volumen:
Existen límites en el volumen de agua que se puede extraer al año (fijados por la ley y los planes hidrológicos).
Protección del Recurso:
Es importante asegurarse de que la masa subterránea no esté sobreexplotada y que la ubicación del pozo no esté dentro de perímetros de protección establecidos por el organismo competente.
- B) En la herencia de una vivienda rústica que incluye un pozo, si este se considera parte del bien inmueble, los herederos suelen tener derecho a él en la misma proporción en que les corresponda la vivienda, estableciéndose una copropiedad o comunidad de bienes sobre ambos elementos. Sin embargo, si el pozo está en una parcela distinta, podría tener una consideración legal diferente; por ejemplo, podría ser una servidumbre, y sería necesario consultar la documentación de la finca para determinar si hay un derecho de uso específico que afecte a la vivienda hereda.
Reparto de la herencia y la vivienda rústica
Copropiedad:
Si el pozo y la vivienda son elementos contiguos o forman parte de la misma finca, se consideran en copropiedad o proindiviso. Esto significa que cada heredero tendrá una parte proporcional de la vivienda y del pozo.
Voluntad testamentaria:
Si el fallecido lo dejó especificado en su testamento, sus deseos prevalecerán sobre las normas generales. En caso contrario, se aplica la legislación que establece las herencias.
Si el pozo no está en la misma finca que la vivienda
Servidumbre:
Un pozo en una finca rústica podría estar vinculado a otra finca mediante una servidumbre, que es un derecho real sobre un terreno para un uso específico, en este caso, el acceso y el uso del agua.
Consulta de la documentación:
Para saber si un pozo da derecho a agua o a su uso, o incluso si se puede usar para abastecer otra propiedad, es fundamental revisar la documentación legal del bien, como la escritura pública o el registro de la propiedad.
¿Cómo se decide qué hacer con el pozo?
Acuerdo entre herederos:
Los herederos pueden llegar a un acuerdo para dividir la propiedad o adjudicar el pozo a uno de ellos, con la indemnización correspondiente a los demás.
Venta y reparto del dinero:
Si no hay acuerdo, pueden vender la vivienda y el pozo, y repartir el dinero en función de las cuotas de cada uno de los herederos.
Posible solución
Legalizar el pozo: Si el pozo no está legalizado, se debería tramitar la autorización correspondiente para su uso. Esto podría dar más valor legal a la propiedad en caso de herencia o división. - Espero le aclaré un poco la situación y seguro que hay alguien más indicado para hacer alguna observación a lo dicho.
- Un saludo suerte y