¿Para cerrar un piso turístico debemos ir a juicio contra el dueño o contra la gestoría de la comunidad de vecinos?

Perdón de antemano por lo largo del texto pero es un problema complejo. Un primer piso de nuestra comunidad de vecinos se vendió a finales del año pasado. A principios de mayo nos dimos cuenta de que es un piso turístico al ver gente diferente cada fin de semana y aparecer un cartel encima de la puerta del piso poco después. Lo curioso es que en mayo del año pasado se hizo una reunión con la gestoría para bloquear licencias de estos pisos y se aprobó por mayoría. Esa acta se mandó a Notarías. De allí tuvo que ir al registro de la propiedad y se tuvo que aprobar en los quince días que tardan en gestionarlo si el documento está bien. O sea que a mediados de mayo del año pasado ya tenía que estar blindado nuestro edificio para que no se habran estos pisos. Al ver que tras pocos meses desde la reunión se ha abierto el piso fui al registro de la propiedad a pedir una nota simple sobre el piso. Me dijeron que de estar el bloqueo bien hecho aparece en esa nota ese bloqueo. Pues mi sorpresa fue máxima al ver que no aparecía y sin embargo sí aparece su adjudicación de la licencia de apertura turística a principios de mayo de este año. Creo que el registro echó atrás la escritura notarial porque no estaba bien hecha y la gestoría no se enteró cometiendo un gran error, o no lo presentó adrede lo cual es muchísimo peor. Tras llamar al departamento de turismo tanto del ayuntamiento como del gobierno provincial nos dicen que ellos no pueden actuar porque a sus efectos el propietario no es culpable. Sólo el gobierno provincial nos comentó que para conseguir cerrar ese piso se debe actuar judiacialmente porque sólo un juez podría cerrarlo. Pero no supo decirnos a quien denunciar. ¿Debemos denunciar al propietario del piso? No lo creo pues como digo no parece que sea su culpa. ¿Denunciamos a la gestoría? ¿De qué modo? ¿Por negligencia? ¿Daños y perjuicios?

Respuesta

Me temo que lo tienen ustedes muy mal. Si ese acuerdo no se inscribió, ni el nuevo propietario tuvo constancia del mismo por alguna otra vía, no le afecta y no se le puede exigir su cumplimiento. Y aunque su Administrador hubiera hecho algo mal, tampoco se puede penalizar por ello al nuevo propietario. Si actúan contra el Administrador, consigan lo que consigan, el piso turístico no se cerraría. En el mejor de los casos obtendrían una indemnización, si no hay duda de que actuó de forma negligente o incluso dolosa, causando un perjuicio a la Comunidad, pero eso no resuelve su problema (al margen de que un juicio es un problema en sí mismo y siempre tiene resultado incierto, a priori).

Me temía eso. Comenté con mis familiares que seguramente sólo se va a conseguir compensación ecónomica. Y no queremos dinero. Sólo queremos que el piso se cierre pues ya ha habido un problema por ruidos de fiesta alcohólica una vez. Y eso que en el anuncio del piso en las plataformas de internet el dueño pone que no se pueden celebrar fiestas. De cualquier modo nuestro piso denunciará a la gestoría aunque la comunidad no lo vote en su mayoría. Y a su vez solicitaremos por votación de mayoría cambiar de gestores.

Dice usted que el piso se vendió a finales del año pasado. ¿Sabe si ya era piso turístico antes del 3 de abril de este año?

La licencia tiene de fecha provisional el 8 de mayo. La fecha definitiva es del 20 de mayo. Pero estamos en el mismo problema. Aunque el cambio de la ley estaba redactado al no haber documento de bloque de licencias en el registro de la propiedad no tiene efecto. Da igual si es un documento notarial o el acta de la reunión.

Bloqueo de licencias quería decir. No bloque.

A partir del 3 de abril, los propietarios están obligados a obtener el permiso de la Comunidad para poder abrir un piso turístico. Y, según explica usted, no lo habrían hecho.

Concretamente:

"3. El propietario de cada vivienda que quiera realizar el ejercicio de la actividad a que se refiere la letra e) del artículo 5 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en los términos establecidos en la normativa sectorial turística, deberá obtener previamente la aprobación expresa de la comunidad de propietarios, en los términos establecidos en el apartado 12 del artículo diecisiete de esta Ley."

veronica: Le pido perdón. Veo que se refiere usted a la ley del 3 de abril y está en lo cierto. Yo he explicado el proceso anterior a esa nueva versión de la ley. Sin embargo la ley nueva no nos afecta puesto que iniciamos el proceso en la ley antigua. Como la nueva no es retroactiva debemos ajustarnos al proceder antiguo.
Poli Plos: Como le decía a Verónica no nos pilla la renovación de la ley. Aunque como dije la fecha de la concesión de la licencia es del 8 de mayo y la nueva ley es de abril hoy nos han dicho en una reunión con la gestoría que prima la fecha en la que el propietario del piso pidió la licencia y fue en noviembre. Pero como iniciamos el trámite para pedir el bloqueo de licencias antes de esa fecha (seis meses antes) estamos protegidos aunque aún no es efectivo ese documento. Le hemos dado un mes al dueño para que cese la actividad y si no lo hace hemos votado por mayoría ir a juicio contra él.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta

Primero debe saber, que para aprobar la no instalación de pisos turísticos, la mayoría no sirve, tiene que ser por 3/5.

¿Cómo fue aprobado?

Igual no me he explicado del todo bien. Debí expresar de mejor manera que la decisión de la reunión se acordó con el porcentaje correcto de votos afirmativos para llevar a cabo la prohibición de licencias turísticas.

Hay que denunciar al propietario del piso, porqué no solicitó ni permiso ni información a la comunidad

No funcionan así las aperturas de pisos turísticos. Para hacerlo el dueño solicita la licencia al registro de la propiedad y si no se ha presentado escrito notarial de la comunidad de vecinos prohibiendo las licencias se concede. Cosa que como digo ocurrió. A partir del 3 de abril la ley cambió y no hace falta poder notarial. Tan sólo presentación del acta de una reunión donde los vecinos manifiestan la no concesión de licencias en el registro.

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