¿Se considera reinversión en vivienda habitual el cancelar la hipoteca de la 2ª vivienda que será la vivienda habitual?
Si vendo mi vivienda habitual tengo 2 años para reinvertir la ganancia obtenida en la compra de una nueva vivienda habitual de manera que quede exento de tributar por esa ganancia.
Pero si ya tenía una segunda vivienda, con hipoteca, a la que me mudaría convirtiéndose en vivienda habitual, ¿Se consideraría reinversión a dichos efectos el cancelar la hipoteca de la que era segunda vivienda y pasa a ser vivienda habitual?
Ejemplo: Vendo casa (habitual) en 300.000, obteniendo 200.000 tras cancelar hipoteca y pagar impuestos. Me mudo a la que era segunda residencia, empadronándome y demás pasando a ser mi vivienda habitual. Con los 200.000 cancelo la hipoteca de esta nueva vivienda habitual, digamos que invirtiendo 150.000, entre capital pendiente e impuestos. ¿Tendría únicamente que tributar por un incremento de patrimonio de los 50.000 restantes (no reinvertidos)?