Vacaciones no disfrutadas por que no he querido yo cogerlas

Llevo en mi empresa trabajando no siempre he disfrutado de vacaciones por que la verdad yo no he querido cogerlas. ¿Si un día me despiden o me jubilo que me pagan de vacaciones todos los años que yo no he disfrutado de vacaciones o solo las de unos años?

Respuesta
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Las vacaciones es un derecho irrenunciable e innegociable. Son días libres pagados.

Quiere decir que hay que tomarlas obligatoriamente, si no lo haces pierdes el derecho.

Son dos días y medio por mes trabajado.

Cualquier acuerdo en contra, tal como percibir dinero a cambio es ilegal, pero bueno, en algunos sitios lo hacen "bajo mano" por necesidad de ambas partes.

Quiere decirse, contestando a tu pregunta, que en años anteriores, pasado el plazo de disfrute, salvo que haya habido algún acuerdo de prórroga con la empresa, si no las has disfrutado se han perdido.

Solamente en la fecha del despido, cuando cesaras, procedería a pagarte la parte proporcional de los meses trabajados, como digo a dos y medio días por mes si antes del hecho causante no has disfrutado día alguno de vacaciones.

En cuanto a la jubilación no tiene nada que ver con las vacaciones. Ahí se tiene en cuenta las bases de cotización de los años trabajados, en cómputo que lleva muy bien la "Tesorería General de la Seguridad Social" en base a los partes de Alta y Baja que suministran las empresas y ya está.

¡Gracias! 

Yo en mi situación aunque llevo más de 10 años en la empresa no siempre las he cogido las he cogido cuando las he necesitado pero no sabia si eso se perdía o se “juntaban” los años por decirlo de alguna manera no sé si me explico bien. La empresa me ha dicho muchas veces de cogerla pero yo nunca las he pedido a no ser que fuera a irme de vacaciones a algún sitio si no prefería trabajar. Esa era mi duda si eso una vez q termina el año natural si no las has disfrutado se pierden? 

Si... una vez acabado el año si no se han disfrutado se pierden. Borrón y cuenta nueva.

Salvo, como comenté, que hubiese un pacto con la empresa que por necesidades de servicio o personales, se prorroguen hasta el año siguiente, pero digo, son acuerdos.

Ya sabes que anualmente, son treinta días, pues 12 x 2.5 = 30 a disfrutar de común acuerdo, pues generalmente están supeditadas a las necesidades de la empresa, salvo que ésta pueda y decida cerrar un mes, por ejemplo en verano para todos.

En tu empresa son muy "pillos" te han dicho de cogerlas, pero no te han informado. Así que ahora, si reclamas "a ver que pasa" y si dicen que "lo pasado, pasado está" pues no tienes derecho a reclamar.

Ya sabes que son días pagados, así que a menos que te lo pases bien trabajando, cosa no rara pues hay muchos "trabajoadictos" (yo)😂 te las tomas aunque sea para irte al campo o a la playa a relajarte.

¡Gracias! 
me da que soy otra trabajoadicta 

😂😂😂😂

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