Puedo jubilarme anticipada por discapacidad

Tengo 55 años y 33 cotizados con una discapacidad del 45% desde Abril 19, trabajo de vigilante y quisiera saber cuando me podría jubilar con el 100%.

Respuesta

Tienes que reunir unos requisitos como haber trabajado al menos 15 años con la incapacidad(minimo 45%) y la discapacidad tiene que ser por uno de los siguientes motivos:

Anomalías Genéticas:

  • Síndrome de Down
  • Osteogénesis imperfecta
  • Acondroplasia
  • Síndrome X frágil
  • Síndrome de Prader-Willi
  • Enfermedad de Wilson
  • Fibrosis quística

Enfermedades Neurológicas:

  • Esclerosis múltiple
  • Lesión medular traumática
  • Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA)
  • Síndrome de Tourette
  • Leucodistrofias

Resto de patologías:

  • Anomalías congénitas y malformaciones debidas a la toma del fármaco Talidomida
  • Secuelas de la polio o Síndrome Postpolio
  • Trastornos del espectro autista
  • Enfermedades mentales: trastorno bipolar o esquizofrenia
  • Discapacidad intelectual
  • Parálisis Cerebral
  • Daño cerebral adquirido, producido por ejemplo por traumatismos craneoencefálicos
  • Tumores del sistema nervioso central

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Respuesta

Por aquí le dejo una información que encontré en la web espero le sea de ayuda. También me gustaría recomendarle que se apoye con un abogado en derechos de discapacidad para estos trámites

Para acceder a la jubilación anticipada con 56 años, la persona interesada deberá tener acreditada una discapacidad igual o superior al 45%. En caso de que el grado de discapacidad sea igual o superior al 65%, se podrá solicitar con 52 años.

Respuesta

I. Hola Jesús, por mi parte no tengo los conocimientos para poder atenderle como merece, sólo soy lector, pero al igual que a otro señor hace pocas semanas, deseaba trasladarle la información que ví con la esperanza de que pueda serle de alguna utilidad mientras recibe la orientación de un experto, el mayor problema que estoy teniendo para ver articulos es que el 90% de resultados hacen referencia a una jubilación anticipada, no a la prejubilación como tal, pero margen de poseér una discapacidad, he leido que en el presente año 2022 se tienen en cuenta los últimos veintidós años de cotización antes de la jubilación para determinar la cuantía de la pensión de jubilación.

De esta forma, se sumarán las bases de cotización de los últimos 264 meses, los cuales se dividirán por 308 (número de meses más pagas extras de los últimos veintidós años). He leido que se tendrán en cuenta los últimos 25 años de cotización a los efectos de calcular la pensión de jubilación. En concreto, se valorarán las bases de cotización de los últimos 300 meses, cuya suma será dividida por 350 (número de meses mas pagas extras de los últimos 25 años).

Aquí puede ver un pequeño esquema, ruego me disculpe las molestias de tanta lectura,

Requisitos para acceder a la jubilación anticipada voluntaria




-- Extraido de la página 'LoEntiendo' --

Las prejubilaciones son acuerdos privados y específicos que negocian los trabajadores y sus empresas para finalizar la relación laboral. No pueden acceder a ellas todos los trabajadores, porque no están reguladas dentro de una ley general.

Mediante estos acuerdos de prejubilación, la empresa logra su objetivo de dar por terminada la relación laboral que tiene con el trabajador, pero a cambio se compromete a aportarle una cantidad económica para complementar las prestaciones por desempleo y las cotizaciones hasta que llegue el momento de la jubilación legal. La idea es que el trabajador acepte voluntariamente este acuerdo por el que dejará de trabajar, pero de tal modo que sus ingresos no se vean afectados demasiado.

A diferencia de lo que ocurre con la jubilación anticipada, no hay una edad mínima para las prejubilaciones. Hace años se dieron casos de trabajadores prejubilados por sus empresas a la edad de 45 años, conservando un 90% del sueldo.

Realmente el nombre “prejubilación” induce a error, ya que el trabajador no está legalmente jubilado, sino en situación de desempleo y lo que realmente tiene es el compromiso de la empresa de que le abonará una cantidad de dinero hasta que se pueda jubilar realmente. Eso si, desde un punto de vista psicológico, viene a ser casi lo mismo que estar jubilado, ya que se tiene la tranquilidad de tener unos ingresos garantizados sin tener que trabajar.

https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/tengo-una-discapacidad-del-45-puedo-jubilarme-anticipadamente.html 

https://www.cerem.es/blog/jubilacion-anticipada-de-las-personas-con-discapacidad 

https://laboralpensiones.com/tengo-60-anos-que-alternativas-tengo-para-jubilarme/ 

https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/soy-discapacitado-puedo-acceder-a-la-jubilacion-anticipada-sin-ver-penalizada-mi-pension.html 

Incapacidad permanente total y jubilación con solo 8 años cotizados

Jubilación anticipada por enfermedad crónica


https://www.youtube.com/watch?v=En3wGElyUxE&t=4s 

https://www.youtube.com/watch?v=16a2ltsZcTs&t=4s 

Cobro de prestación o jubilación con discapacidad

Por último deseaba trasladarle unos posibles subsidios temporales a socilitar que quizás podrían ser de su interés, siendo compatibles con la jubilación si no recuerdo mal, perdone de nuevo por todas las molestias, suerte y mucho ánimo.

-- Subsidio para personas mayores de 45 y 52 años.

https://loentiendo.com/subsidio-mayores-de-45-anos/ 

https://loentiendo.com/nuevo-subsidio-mayores-52-anos/ 

- Subsidio por cargas familiares

https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/cargas-familiares

-- Subsidio ordinario/extraordinario de SEPE/INSS

https://loentiendo.com/sed-subsidio-extraordinario-desempleo/ 

http://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/tengo-mas-de-55-anos 

- Subsidio/prestación/Ley dependencia en base a cargas familiares/cuidado de personas mayores.

https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/cargas-familiares

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