¿Es obligatorio aceptar una herencia notarialmente? Vivo en el extranjero (Alemania) y muchas cosas son diferentes.

En otros países, el simple hecho de no haber rechazado ante el juzgado la herencia, equivale a haberla aceptado.

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

Las herencias son complejas y hay que estudiar el caso concreto. Pero como norma general, especialmente si hay por ejemplo una vivienda, se ha de hacer en escritura publica (notario) y liquidar los impuestos correspondientes.

Al ser usted no residente en España, los impuestos de sucesiones son algo diferentes, pues se presenta en Agencia Tributaria, aunque calculado conforme a la normativa de la comunidad autónoma del fallecido, pues reside en la Unión Europea.

Tambien han de tenerse en cuenta, si hay un inmueble, la posible obligación que tendrá usted de presentar declaración de Renta de No Residentes, bien por imputación de rentas (anual), bien por el alquiler (trimestral).

Incluso, si en el futuro quiere vender el inmueble, el comprador le ha de realizar una retención del 3% sobre su parte y usted presentar declaración de no residentes por el incremento patrimonial.

Como No Residente, puede tener obligaciones en España que es importante conocer y además usted deberá tributar por todas sus rentas mundiales en Alemania, incluyendo lo de España, pero podrá deducir lo pagado en España como no residente.

En muchos casos, se apodera un abogado o un familiar para todos estos tramites.

Si usted no renuncia expresamente a una herencia, en notaria, desde la fecha de fallecimiento usted forma parte de la comunidad de bienes de la herencia yacente y por lo tanto es responsable de los bienes y deudas de la herencia.

Algunos actos, generan la aceptación tacita de la herencia.

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