Reparto gastos de adquisición y venta de inmueble

Ana, María y Luisa han vendido un piso del que eran propietarias a partes iguales. Todos los gastos deducibles de la adquisición y de la posterior venta (notaría, registro, impuestos, gestoría) están facturados a nombre de una de ellas.

Aunque los gastos estén facturados a nombre de una de ellas, entiendo que dichos gastos se pueden dividir entre ellas con objeto de que cada una deduzca su parte correspondiente y así aminorar el incremento patrimonial que se genere, ¿verdad?. En caso de que Hacienda requiera aporte de documentación para verificación de la declaración de la renta, ¿serviría una declaración firmada por las tres propietarias referente a como se reparten los gastos para justificar dicho reparto?.

En caso de que la respuesta a la pregunta anterior fuese afirmativa, ¿los gastos se deben dividir necesariamente en base al porcentaje de propiedad de cada una de ellas o se pueden redistribuir a conveniencia siempre que las tres estén de acuerdo?

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Respuesta
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Cuando se compra entre varios, se deben solicitar facturas individualizadas, para evitar problemas.

Como norma general, aportando la escritura de compra y las facturas de gastos, si son requeridas, no suele haber problema con la deducción, pero nadie se lo puede garantizar.

La deducción deber ser por porcentaje de propiedad, siempre que no se pactara expresamente otra cuestión.

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